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Familia que se queda en paro, niños pequeños, propietario con 3 casas, vive muy bien, pero da igual, los niños bajo el puente porque primero va la sacrosanta propiedad privada. De verdad que algunos parecéis reptiles.
Eso es responsabilidad del estado no del ciudadano al azar al que le toque la situacion. Eso si. Con juicio que se realice pronto no en 4 años
No se puede equiparar un incumplimiento contractual con un delito como el de usurpación o allanamiento. Aunque desde luego que ante un delito de usurpación el desalojo debería ser inmediato.
El delito contra la sacrosanta propiedad privada es mucho peor.
En tu propiedad sólo debe poder estar el que tú quieras. Si alguien no paga, fuera, sin juicios ni pollas de por medio. Muestras tu título de propiedad a la policía y listo, el mismo día deberían desalojar.
No se puede equiparar un incumplimiento contractual con un delito como el de usurpación o allanamiento. Aunque desde luego que ante un delito de usurpación el desalojo debería ser inmediato.
El delito contra la sacrosanta propiedad privada es mucho peor.
En tu propiedad sólo debe poder estar el que tú quieras. Si alguien no paga, fuera, sin juicios ni pollas de por medio. Muestras tu título de propiedad a la policía y listo, el mismo día deberían desalojar.
No se puede equiparar un incumplimiento contractual con un delito como el de usurpación o allanamiento. Aunque desde luego que ante un delito de usurpación el desalojo debería ser inmediato.
El delito contra la sacrosanta propiedad privada es mucho peor.
En tu propiedad sólo debe poder estar el que tú quieras. Si alguien no paga, fuera, sin juicios ni pollas de por medio. Muestras tu título de propiedad a la policía y listo, el mismo día deberían desalojar.
Sin juicios no. Con juicios.
Primero que la policía eche al inquiokupa, y luego que el inquiokupa si quiere haga una demanda civil o lo que sea.
Al contrario, hay situaciones para las que no hace falta que intervenga un juez de primeras. Probablemente ambos aceptamos esa premisa. Con lo que no estamos de acuerdo es en cuáles situaciones son esas.
No se puede equiparar un incumplimiento contractual con un delito como el de usurpación o allanamiento. Aunque desde luego que ante un delito de usurpación el desalojo debería ser inmediato.
En tu propiedad sólo debe poder estar el que tú quieras. Si alguien no paga, fuera, sin juicios ni pollas de por medio. Muestras tu título de propiedad a la policía y listo, el mismo día deberían desalojar.
No entiendo. ¿Y por qué sólo si no paga? Si paga y cumple el contrato sigue siendo tu propiedad. Llamas un buen día a las 2am con tu título de propiedad y una botella de whisky y, ei, es tu casa, ¡todos fuera!
Comentarios
Eso es responsabilidad del estado no del ciudadano al azar al que le toque la situacion. Eso si. Con juicio que se realice pronto no en 4 años
Datos económicos espectacularmente buenos.
El delito contra la sacrosanta propiedad privada es mucho peor.
En tu propiedad sólo debe poder estar el que tú quieras. Si alguien no paga, fuera, sin juicios ni pollas de por medio. Muestras tu título de propiedad a la policía y listo, el mismo día deberían desalojar.
Sin juicios no. Con juicios.
Primero que la policía eche al inquiokupa, y luego que el inquiokupa si quiere haga una demanda civil o lo que sea.
¿Igual que con la viogen?
Al contrario, hay situaciones para las que no hace falta que intervenga un juez de primeras. Probablemente ambos aceptamos esa premisa. Con lo que no estamos de acuerdo es en cuáles situaciones son esas.
En fin, tampoco me voy a extender, pero estas boutades no llevan a ninguna parte.
No entiendo. ¿Y por qué sólo si no paga? Si paga y cumple el contrato sigue siendo tu propiedad. Llamas un buen día a las 2am con tu título de propiedad y una botella de whisky y, ei, es tu casa, ¡todos fuera!
El verdadero drama de Europa una revolución que empezamos nosotros y hemos sido apartados claramente.