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Igualdad

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Comentarios

  • editado mayo 2018 PM
    Deladar escribió : »
    No veo tergiversaciójn posible. Las palabras textuales de una dirigente de Podemos sentada al lado de Pablito fueron "la clave está en la definición y la necesidad de acreditar la falta de consentimiento de la víctima en delitos sexuales que pueden sobrevictimizarla".

    Es decir, que la carga de la prueba no tenga que residir en la denunciante. Algo de locos que atenta contra el principio de presunción de inocencia, básico en un estado de derecho.

    Volvemos a repetir ¿tiene algo que ver el Convenio de Estambul firmado por España y el resto de miembros del Consejo de Europa?

    En este convenio FIRMADO por España se considera que sin la existencia de consentimiento es una violación y sigue también parece los preceptos de la ONU.

    Yo no soy experto en derecho ni hago juicios de valor con una sola frase, simplemente indico este hecho y si las palabras dichas están en relación a lo firmado por España.

    El debate es más complejo digo yo ¿no?

    Es lo mismo que está planteando esa dirigente de Pds o es otra cosa diferente.
    Deladar escribió : »
    Patroclo escribió : »
    El resto de la sociedad, por suerte, parece tenerlo claro: abuso sexual ES violación.

    Pues no lo tienes muy claro.

    Abuso sexual es un concepto muy amplio que recoge cualquier acto de índole sexual no deseado por una de las partes, donde se también se incluye la violación. Un abuso sexual puede ser desde meter mano a alguien, besarla forzadamente o hasta una violación. Pero para hablar de violación, es nesario que haya penetración vaginal, bucal o rectal.

    Así que no, no es lo mismo.

    ¿Mande? Tanto en abuso sexual como en agresión sexual puede existir penetración, ambas se diferencian en que en la agresión es necesaria violencia o intimidación. Y el quid en el caso de la manada y similares es si la mera presencia de 5 armarios es ya intimidación. Aún así tanto un abuso como una agresión es violencia, incluir violencia en la ley es un elemento jurídico para graduar el delito, no se podría diferenciar entre abuso y agresión.

    Cada tipo tiene una graduación, por eso hay un rango de penas, y además la distinción con violencia o intimidación es otra graduación más.

    El que tiene la capacidad de decidir como graduar los delitos es un juez, para eso se le presupone tiene una experiencia en este tipo de hechos. Yo ni de coña puedo hacerlo.

    Llego a si lo de la manada es una agresión en la vida le podría poner la misma que pena que esos mismos hechos si ocurriesen con violencia sexual, desgarros vaginales,... Si esto es el máximo, lo otro tendrá que tener menos pena.
  • Bullitt escribió : »
    Deladar escribió : »
    No veo tergiversaciójn posible. Las palabras textuales de una dirigente de Podemos sentada al lado de Pablito fueron "la clave está en la definición y la necesidad de acreditar la falta de consentimiento de la víctima en delitos sexuales que pueden sobrevictimizarla".

    Es decir, que la carga de la prueba no tenga que residir en la denunciante. Algo de locos que atenta contra el principio de presunción de inocencia, básico en un estado de derecho.

    Volvemos a repetir ¿tiene algo que ver el Convenio de Estambul firmado por España y el resto de miembros del Consejo de Europa?

    En este convenio FIRMADO por España se considera que sin la existencia de consentimiento es una violación y sigue también parece los preceptos de la ONU.

    Yo no soy experto en derecho ni hago juicios de valor con una sola frase, simplemente indico este hecho y si las palabras dichas están en relación a lo firmado por España.

    El debate es más complejo digo yo ¿no?

    Es lo mismo que está planteando esa dirigente de Pds o es otra cosa diferente.
    Deladar escribió : »
    Patroclo escribió : »
    El resto de la sociedad, por suerte, parece tenerlo claro: abuso sexual ES violación.

    Pues no lo tienes muy claro.

    Abuso sexual es un concepto muy amplio que recoge cualquier acto de índole sexual no deseado por una de las partes, donde se también se incluye la violación. Un abuso sexual puede ser desde meter mano a alguien, besarla forzadamente o hasta una violación. Pero para hablar de violación, es nesario que haya penetración vaginal, bucal o rectal.

    Así que no, no es lo mismo.

    Llego a si lo de la manada es una agresión en la vida le podría poner la misma que pena que esos mismos hechos si ocurriesen con violencia sexual, desgarros vaginales

    Sí, lo de los desgarros es importante... creo que duelen. Y si la violada no está lubricada el violador merece la muerte.
  • Patroclo escribió : »
    Bullitt escribió : »
    Deladar escribió : »
    No veo tergiversaciójn posible. Las palabras textuales de una dirigente de Podemos sentada al lado de Pablito fueron "la clave está en la definición y la necesidad de acreditar la falta de consentimiento de la víctima en delitos sexuales que pueden sobrevictimizarla".

    Es decir, que la carga de la prueba no tenga que residir en la denunciante. Algo de locos que atenta contra el principio de presunción de inocencia, básico en un estado de derecho.

    Volvemos a repetir ¿tiene algo que ver el Convenio de Estambul firmado por España y el resto de miembros del Consejo de Europa?

    En este convenio FIRMADO por España se considera que sin la existencia de consentimiento es una violación y sigue también parece los preceptos de la ONU.

    Yo no soy experto en derecho ni hago juicios de valor con una sola frase, simplemente indico este hecho y si las palabras dichas están en relación a lo firmado por España.

    El debate es más complejo digo yo ¿no?

    Es lo mismo que está planteando esa dirigente de Pds o es otra cosa diferente.
    Deladar escribió : »
    Patroclo escribió : »
    El resto de la sociedad, por suerte, parece tenerlo claro: abuso sexual ES violación.

    Pues no lo tienes muy claro.

    Abuso sexual es un concepto muy amplio que recoge cualquier acto de índole sexual no deseado por una de las partes, donde se también se incluye la violación. Un abuso sexual puede ser desde meter mano a alguien, besarla forzadamente o hasta una violación. Pero para hablar de violación, es nesario que haya penetración vaginal, bucal o rectal.

    Así que no, no es lo mismo.

    Llego a si lo de la manada es una agresión en la vida le podría poner la misma que pena que esos mismos hechos si ocurriesen con violencia sexual, desgarros vaginales

    Sí, lo de los desgarros es importante... creo que duelen. Y si la violada no está lubricada el violador merece la muerte.

    Si es sexo no consentido con intimidación (agresión) y sexo no consentido con violencia (agresión) ¿deberían tener la misma pena?

    Yo entiendo que no, pero igual estoy equivocado.
  • Bullitt escribió : »
    Patroclo escribió : »
    Bullitt escribió : »
    Deladar escribió : »
    No veo tergiversaciójn posible. Las palabras textuales de una dirigente de Podemos sentada al lado de Pablito fueron "la clave está en la definición y la necesidad de acreditar la falta de consentimiento de la víctima en delitos sexuales que pueden sobrevictimizarla".

    Es decir, que la carga de la prueba no tenga que residir en la denunciante. Algo de locos que atenta contra el principio de presunción de inocencia, básico en un estado de derecho.

    Volvemos a repetir ¿tiene algo que ver el Convenio de Estambul firmado por España y el resto de miembros del Consejo de Europa?

    En este convenio FIRMADO por España se considera que sin la existencia de consentimiento es una violación y sigue también parece los preceptos de la ONU.

    Yo no soy experto en derecho ni hago juicios de valor con una sola frase, simplemente indico este hecho y si las palabras dichas están en relación a lo firmado por España.

    El debate es más complejo digo yo ¿no?

    Es lo mismo que está planteando esa dirigente de Pds o es otra cosa diferente.
    Deladar escribió : »
    Patroclo escribió : »
    El resto de la sociedad, por suerte, parece tenerlo claro: abuso sexual ES violación.

    Pues no lo tienes muy claro.

    Abuso sexual es un concepto muy amplio que recoge cualquier acto de índole sexual no deseado por una de las partes, donde se también se incluye la violación. Un abuso sexual puede ser desde meter mano a alguien, besarla forzadamente o hasta una violación. Pero para hablar de violación, es nesario que haya penetración vaginal, bucal o rectal.

    Así que no, no es lo mismo.

    Llego a si lo de la manada es una agresión en la vida le podría poner la misma que pena que esos mismos hechos si ocurriesen con violencia sexual, desgarros vaginales

    Sí, lo de los desgarros es importante... creo que duelen. Y si la violada no está lubricada el violador merece la muerte.

    Si es sexo no consentido con intimidación (agresión) y sexo no consentido con violencia (agresión) ¿deberían tener la misma pena?

    Yo entiendo que no, pero igual estoy equivocado.

    En ambos casos prisión indefinida revisable. No entendería otra alternativa.
  • Bullitt escribió : »
    Me parece patética la cacería humana contra el juez discrepante sin ver las pruebas. Catalá una vez más indica como es posiblemente el peor Ministro de Justicia que se ha visto.

    Lo de Catalá es grave pero él si ha sido el que ha tenido un comportamiento "singular" en todo este asunto dentro de los partidos del "bloque monarquico". Si ves las declaraciones de los dirigentes de Podemos vas a alucinar. Ayer sin ir más lejos tu pavlo calificó de "repugnante" el voto discrepante del juez. Otra de la piara morada, Lorena Ruiz-Huerta, dijo que los jueces de la manada "tienen una concepción de la sexualidad teñida por el consumo de porno". Y podría continuar durante horas porque han estado compitiendo entre ellos a ver quien la suelta más gorda. Pero lo mejor de todo es que Podemos pide la dimisión de Catalá por "inmiscuirse en el poder judicial". Alucinante.

    Bullitt escribió : »
    Violencia OOOOOOOO intimidación.

    ¿Es intimidación 5 armarios en un habitación donde apenas caben los 6? Este es el quid. La sentencia ya indica que es sexo NO CONSENTIDO, hay muchos jueces que opinan que si. Al parecer se está condenando con robo con violencia sin existir violencia cuando estas ante tres tíos rodeado, no necesitan ejercerla.

    ¿Es violencia que tios armados con uniforme ayuden a desplazar urnas para celebrar un referendum declarado ilegal, se niegen a cumplir la resolución judicial de impedir el referéndum y obstaculicen que la Guardia Civil y la Policía Nacional actuen en cumplimiento de la Ley? Menos mal que no somos juristas.

    Bullitt escribió : »
    Algunos se olvidan como hay graduación incluso en la agresión sexual, para eso hay un rango de pena.
    Llego a si lo de la manada es una agresión en la vida le podría poner la misma que pena que esos mismos hechos si ocurriesen con violencia sexual, desgarros vaginales,... Si esto es el máximo, lo otro tendrá que tener menos pena.

    Ahí es donde quería llegar yo, debe haber una proporcionalidad en las penas. No puede ser la misma para la manada que para alguien que aborda a una chica en un ascensor, la golpea, le pone una navaja en el cuello y la viola. Como tampoco le pueden caer a los de la manada los mismos años que a la asesina del niño Gabriel. Y encima los de Alsasua a casita libres.

    Bullitt escribió : »
    PD: Yo desde hace años no he entendido como follarte a una tía inconsciente o incluso muy borracha no es violación
    Puddles escribió : »

    :+1: :+1:

    ¡Buenísimo! ...qué cabroncete eres Bullitt.

    Dudo que hubiese alguien sobrio en ese portal.
    Puddles escribió : »
    ¡Estaban todos, repito, todos borrachos!

  • editado mayo 2018 PM
    Fenix escribió : »

    Lo de Catalá es grave pero él si ha sido el que ha tenido un comportamiento "singular" en todo este asunto dentro de los partidos del "bloque monarquico". Si ves las declaraciones de los dirigentes de Podemos vas a alucinar. Ayer sin ir más lejos tu pavlo calificó de "repugnante" el voto discrepante del juez. Otra de la piara morada, Lorena Ruiz-Huerta, dijo que los jueces de la manada "tienen una concepción de la sexualidad teñida por el consumo de porno". Y podría continuar durante horas porque han estado compitiendo entre ellos a ver quien la suelta más gorda. Pero lo mejor de todo es que Podemos pide la dimisión de Catalá por "inmiscuirse en el poder judicial". Alucinante.

    Ya te digo si es Pds el que controla a los jueces, aunque todavía no sabemos como lo hará siendo la mayoría de jueces conservadores, también lo hará con las FFSS y el ejército siendo también la mayoría derechistas. O.o

    Todo dios se ha dedicado a rajar del juez discrepante, el ministro de Justicia no puede dedicarse a rajar, ni el gobierno. Aunque sabemos que cuando le interesa habla de sentencias.

    Fenix escribió : »
    ¿Es violencia que tios armados con uniforme ayuden a desplazar urnas para celebrar un referendum declarado ilegal, se niegen a cumplir la resolución judicial de impedir el referéndum y obstaculicen que la Guardia Civil y la Policía Nacional actuen en cumplimiento de la Ley? Menos mal que no somos juristas.

    Meada fuera del tiesto.

    En agresión sexual hay dos supuestos violencia O intimidación. No se habla de violencia en estos hechos, se habla de intimidación para poder ser catalogada de agresión sexual.

    Fenix escribió : »
    Ahí es donde quería llegar yo, debe haber una proporcionalidad en las penas. No puede ser la misma para la manada que para alguien que aborda a una chica en un ascensor, la golpea, le pone una navaja en el cuello y la viola. Como tampoco le pueden caer a los de la manada los mismos años que a la asesina del niño Gabriel. Y encima los de Alsasua a casita libres.

    Efectivamente y por eso ya está recogido en el CP.

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html

    6 a 12 años y si concurren determinadas circunstancias pasaría de 12 a 15 años.

    Ya de primeras a uno le pueden caer 6 años y si los hechos son más graves hasta 12 años, existe graduación.

    Primero, la asesina del niño le caería la PPR otra cosa es si se aboliese la PPR. Segundo que los delitos sexuales están muy penados está claro, por eso también no se busca elevar las penas, más bien ver los supuestos.

    Habría mucha pena al ser varios violando a una mujer. Son las paradojas de la justicia, una doble violación está igual o más penado que un homicidio, uno está muerto y la otra viva.

    Fenix escribió : »
    Dudo que hubiese alguien sobrio en ese portal.

    No estar sobrio no te exime de tus responsabilidades y más cuando hay un militar y un GC, deberían tener muy claro que hacer y que no hacer.

    Yo me he puesto ciego y no me he dedicado a manosear mujeres, aún estando borracho tengo conciencia, habré hecho el garrulo, me he subido encima de un coche, me he roto la camisa a lo Hulk... pero no me he dedicado a manosear mujeres, eso ya es traspasar los límites. Creo que solo una vez no me he acordado de lo ocurrido.



  • De momento en nuestro codigo penal le echas burundanga a una mujer, queda inconsciente y te la follas y es un abuso sexual y no una violación, de locos. Vamos a ser serios, ¿definiríamos violación como tener sexo con otra persona que no quiere?, pues entonces legislemos sobre ello. Cualquier otra cosa es gilipollez. A partir de ahí entramos en el debate interesante, hablando del machismo imperante, de la presunción de inocencia, de la indefensión de las víctimas, ........ terrenos donde brillan los grises. Por cierto no nos olvidemos de la ley de violencia de género, es del mismo tipo de grises.

    Vivimos en una época de fráctura social donde los principios estan cambiando, donde las mujeres buscan la igualdad real que nunca han tenido en nuestra historia y donde los puntos de conflicto aparecen y seguirán apareciendo. La sociedad necesita un debate sereno y razonado porque las grietas pueden hacerse grandes.
  • Patroclo escribió : »
    @Bullit, querido:

    Lo que es patético no es que el juez discrepase, sino cómo lo hizo. Poco menos dijo que la víctima ni sufrió, ni sintió dolor, y que incluso pareció gemir de placer.

    Aunque lo realmente patético es que en este país un personaje con semejante problema mental siga ejerciendo.

    Eso no lo dijo el juez. Lo dijo ella. Que no sintio dolor. ¿estas diciendo que es patética?
  • Bullitt escribió : »
    La comisión del Gobierno que revisará los delitos sexuales del Código Penal está formada por 20 hombres y ninguna mujer

    https://www.eldiario.es/politica/Gobierno-violacion-Codigo-Penal-exclusivamente_0_767823275.html

    La comisión que revisará los delitos sexuales incorporará a catedráticas y mujeres juristas

    https://www.eldiario.es/politica/Gobierno-revision-sexuales-comision-inactiva_0_767824005.html
    El presidente de la sección Penal de la Comisión General de Codificación ha pedido permiso a Catalá para incorporar a expertas

    Luego la gente se pitorreará del término patriarcado/heteropatriarcado. Término más interesante que decir directamente machismo, es algo más complejo.

    Que en el siglo XXI esa comisión no tenga ni una mujer es muy surrealista.

    Pero vamos en la justicia hay más casos.

    CGPJ Sala de Gobierno
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Sala-de-Gobierno/Composicion/

    ¿Cuántas vaginas hay en la sala de gobierno del Supremo? tooooo pollas,13.

    En la de la AN si hay vaginas.

    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Audiencia-Nacional/Sala-de-Gobierno/Presidente-y-miembros-Sala-de-Gobierno/

    Todo esto influye a la hora de entender determinados problemas en la justicia y en otras áreas. La justicia está dominada por hombres, que se esté mejorando es una cosa pero no parece que sea suficiente, se sigue tendiendo a elegir más a hombres que a mujeres aunque estas tengan mejor curriculum, por tanto si hay un problema.

    En el único sitio donde hay cierta igualdad es en las listas de los partidos donde está legislado por ley. El buenismo no funciona y si al final se equilibra costaría mucho más tiempo.
    Patroclo escribió : »
    ¿¿Falta de formación?? ¡Falta de tirarlo a la puta calle nen!

    Y no, no me hace falta ver el video. Tengo los suficientes datos para saber que fue una violación, y que el Código Penal tiene un error de bulto que espero se corrija pronto para que una víctima no tenga que depender de la estabilidad mental de un juez para recibir justicia en este país.

    Yo suelo ir de sobrado cuando realmente el caso no necesita de formación en derecho y además tengo la prueba incontestable de nivel de primero de la ESO, caso titiriteros.

    No necesariamente hay un error de bulto, además que pinta el juez discrepante si ha sido un 2/1, el problema es si 5 armarios es intimidación o no, si es intimidación no necesariamente debes cambiar el CP en ese aspecto, que discrepe uno con agresión seguiría siendo agresión si lo viesen oportuno.

    El quid además es saber como se están enfrentando los jueces a este tipo de moda sexual en manada. Lo mismo si uno coloca la famosa burundanga si es agresión o abuso sexual, dentro de cada delito hay graduación para dejar lo más salvaje con la máxima pena.

    Si esperas que la justicia mejore por cambiar pollas por chochos es como esperar que los bancos mejoren por cambiat las pollas de directivos ppr los chochos de sus hijas.
  • Vlad escribió : »
    De momento en nuestro codigo penal le echas burundanga a una mujer, queda inconsciente y te la follas y es un abuso sexual y no una violación, de locos.

    No sé si habéis leído el artículo que enlacé más atrás, en el que se explica bastante bien que tanto el abuso como la agresión sexual son violación:
    Bajo el título “delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales“, el Código Penal distingue, básicamente, entre cinco tipos delictivos: la agresión sexual, el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la explotación sexual.

    Pues bien, tanto el delito de agresión sexual, como el de abuso sexual, encajan en la definición de violación que recoge la RAE, pues uno de los elementos integrantes de ambos tipos penales es, precisamente, que exista acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Es decir, tanto la agresión sexual como el abuso sexual suponen, en lenguaje coloquial, la existencia de una violación.
  • Stern von Afrika escribió : »
    Pues bien, tanto el delito de agresión sexual, como el de abuso sexual, encajan en la definición de violación que recoge la RAE, pues uno de los elementos integrantes de ambos tipos penales es, precisamente, que exista acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Es decir, tanto la agresión sexual como el abuso sexual suponen, en lenguaje coloquial, la existencia de una violación.
    ¿Me estás sacando a la RAE para apoyar que abuso y agresión sexual son violación? ¿En serio, Afri?

  • tricky2k escribió : »
    Stern von Afrika escribió : »
    Pues bien, tanto el delito de agresión sexual, como el de abuso sexual, encajan en la definición de violación que recoge la RAE, pues uno de los elementos integrantes de ambos tipos penales es, precisamente, que exista acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Es decir, tanto la agresión sexual como el abuso sexual suponen, en lenguaje coloquial, la existencia de una violación.
    ¿Me estás sacando a la RAE para apoyar que abuso y agresión sexual son violación? ¿En serio, Afri?

    Estoy sacando un artículo escrito por una abogada que me parece la mar de razonable y que puedes leer unos mensajes más atrás.
  • Stern von Afrika escribió : »

    Menudo capullo el del vídeo. Quiere aparentar equidistancia, pero es de lo más rancio del mundo. Criticar todo lo criticable, o quizás todo no. Basta ver que se presenta como hombre blanco hetero.

    En fin, qué lamentable que por todos los lados intentan manipular y subirse a la cresta de la ola. Da igual que seas político, tuitero o youtuber.

    El corte que exhibe de Elisa Beni, me dirás si no es cierto. Y decirlo ¿es censura? ¿Es querer censurar? ¿Desde cuándo los menores tienen derecho a ver todo lo que les dé la gana? Primera noticia.

    He visto 10 minutos y no hay ganas de ver más.

    Y de verdad que no entiendo cómo hacéis de voceros de esta gentuza con delirios de grandeza, aunque, eso sí, no lo suficientemente valiente para exponer su cara en público.
  • editado mayo 2018 PM
    Stern von Afrika escribió : »
    Vlad escribió : »
    De momento en nuestro codigo penal le echas burundanga a una mujer, queda inconsciente y te la follas y es un abuso sexual y no una violación, de locos.

    No sé si habéis leído el artículo que enlacé más atrás, en el que se explica bastante bien que tanto el abuso como la agresión sexual son violación:
    Bajo el título “delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales“, el Código Penal distingue, básicamente, entre cinco tipos delictivos: la agresión sexual, el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la explotación sexual.

    Pues bien, tanto el delito de agresión sexual, como el de abuso sexual, encajan en la definición de violación que recoge la RAE, pues uno de los elementos integrantes de ambos tipos penales es, precisamente, que exista acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Es decir, tanto la agresión sexual como el abuso sexual suponen, en lenguaje coloquial, la existencia de una violación.

    A ver, no.

    Creo recordar que cuando cambió el código penal, el antiguo sí recogía la palabra violación, pero el vigente no lo hace, distinguiendo dos categorías: agresión y abuso. Se equipara agresión a violación, porque en el anterior código decía violación y abuso. Como digo, hablo de memoria y esto lo recuerdo vagamente porque en el 95 yo tenía 15 añitos de nada y, sí, veía los debates de la TV, pero no tengo una memoria tan prodigiosa como podría desear.


    El gran problema de cómo está planteada la ley es que, por jurisprudencia, si no dices NO claramente, te jodes, que ya no es violación, es abuso, básicamente, a menos que tengas un cuchillo u otra arma amenazándote o recibas una hostia. Vamos, que si estás inconsciente, te jodes, que te considerarán víctima de abuso en el mejor de los casos (y esto creo viene en la ley explícitamente), ya que, total, como no puedes decir "NO", pues no se puede decir que el acusado pudiera deducir que no querías, ea.

    Y de aquellos polvos, estos lodos. Lo dije páginas atrás: entra dentro de la normalidad que el tribunal los haya condenado a abuso ya que no había cuchillos y hostias por delante, ni amenazas, y la chica no dijo en ningún momento "NO". ¿Quiere eso decir que consintió? Pues no, colega, ni de coña, y por eso SÍ están condenados por abuso.
    Stern von Afrika escribió : »
    tricky2k escribió : »
    Stern von Afrika escribió : »
    Pues bien, tanto el delito de agresión sexual, como el de abuso sexual, encajan en la definición de violación que recoge la RAE, pues uno de los elementos integrantes de ambos tipos penales es, precisamente, que exista acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Es decir, tanto la agresión sexual como el abuso sexual suponen, en lenguaje coloquial, la existencia de una violación.
    ¿Me estás sacando a la RAE para apoyar que abuso y agresión sexual son violación? ¿En serio, Afri?

    Estoy sacando un artículo escrito por una abogada que me parece la mar de razonable y que puedes leer unos mensajes más atrás.
    Lo puede decir una abogada o rita la cantaora, que abogado no equivale a lingüista, hasta donde yo sé. Porque si sacamos el diccionario y la lengua a pasear, te digo que violar es saltarte cualquier ley, y no llamamos violadores a quienes se saltan un semáforo, ¿a que no? Pues eso.
  • claudiamr escribió : »
    Stern von Afrika escribió : »
    Estoy sacando un artículo escrito por una abogada que me parece la mar de razonable y que puedes leer unos mensajes más atrás.
    Lo puede decir una abogada o rita la cantaora, que abogado no equivale a lingüista, hasta donde yo sé. Porque si sacamos el diccionario y la lengua a pasear, te digo que violar es saltarte cualquier ley, y no llamamos violadores a quienes se saltan un semáforo, ¿a que no? Pues eso.

    Exacto. Primero, abogado no equivale a lingüista, segundo, lingüista no equivale a abogado y tercero, las leyes en el Código Penal no se redactan con el diccionario de la RAE como fuente. Lo que diga la RAE es una cosa, lo que dice el CP es otra y, para el CP, el abuso sexual no es violación porque carece de la componente de violencia o intimidación, que es un absurdo porque con drogarte y dejarte aturdida ya no se consideraría agresión sino abuso, o sea, no sería violación PENALMENTE hablando. Con la consecuencia, además, de que de una cosa no se infiere la otra, es decir, que la agresión sexual no incluye el abuso sexual, con lo que una sentencia como la de La Manada puede ser recurrible y ganable por la defensa

    Lo que se pide mayoritariamente no es que se agraven penas, sino que de una vez penetración no consentida = violación, y a partir de ahí que se añadan los agravantes que sean, violencia, intimidación, uso de drogas, etc
  • claudiamr escribió : »
    Stern von Afrika escribió : »

    Menudo capullo el del vídeo. Quiere aparentar equidistancia, pero es de lo más rancio del mundo. Criticar todo lo criticable, o quizás todo no. Basta ver que se presenta como hombre blanco hetero.

    En fin, qué lamentable que por todos los lados intentan manipular y subirse a la cresta de la ola. Da igual que seas político, tuitero o youtuber.

    El corte que exhibe de Elisa Beni, me dirás si no es cierto. Y decirlo ¿es censura? ¿Es querer censurar? ¿Desde cuándo los menores tienen derecho a ver todo lo que les dé la gana? Primera noticia.

    Si se quiere relacionar el porno directamente con las agresiones sexuales, sí, es censura. Igual que cuando se relacionan los videojuegos o los juegos de rol con la violencia. La responsabilidad es del criminal, no del porno, los videojuegos o los juegos de rol. Si alguien no diferencia la ficción de la vida real, el problema lo tiene exclusivamente esa persona, y tratar de confundir a propósito una con otra es una actitud censuradora de libro.
    He visto 10 minutos y no hay ganas de ver más.

    Y de verdad que no entiendo cómo hacéis de voceros de esta gentuza con delirios de grandeza, aunque, eso sí, no lo suficientemente valiente para exponer su cara en público.

    Supongo que te parecerá igual de reprochable que Barbijaputa haga exactamente lo mismo: preservar su anonimato. A mí no me parece mal en ningún caso: lo importante es el mensaje, no el nombre o la cara de quien lo diga.

    Por lo demás, y en mi humilde opinión, el del vídeo dice verdades como puños.
  • La técnica legislativa es deficiente, sí. Se cita violación en el CP solo para la agresión sexual, sí, también. Pero en el momento en el que el abuso incluye posibilidad de penetración, parece lógico equipararlo a la concepción mayoritaria de la violación. El uso de drogas para eludir un requisito legal es una acción libre en la causa. No sé, simplemente parece que el caso es muy gris. De todas formas, no entiendo que los dos magistrados califiquen los hechos como "aquiescencia fingida" y luego no lo consideren intimidación.
  • editado mayo 2018 PM
    claudiamr escribió : »

    A ver, no.

    Creo recordar que cuando cambió el código penal, el antiguo sí recogía la palabra violación, pero el vigente no lo hace, distinguiendo dos categorías: agresión y abuso. Se equipara agresión a violación, porque en el anterior código decía violación y abuso. Como digo, hablo de memoria y esto lo recuerdo vagamente porque en el 95 yo tenía 15 añitos de nada y, sí, veía los debates de la TV, pero no tengo una memoria tan prodigiosa como podría desear.


    El gran problema de cómo está planteada la ley es que, por jurisprudencia, si no dices NO claramente, te jodes, que ya no es violación, es abuso, básicamente, a menos que tengas un cuchillo u otra arma amenazándote o recibas una hostia. Vamos, que si estás inconsciente, te jodes, que te considerarán víctima de abuso en el mejor de los casos (y esto creo viene en la ley explícitamente), ya que, total, como no puedes decir "NO", pues no se puede decir que el acusado pudiera deducir que no querías, ea.

    Y de aquellos polvos, estos lodos. Lo dije páginas atrás: entra dentro de la normalidad que el tribunal los haya condenado a abuso ya que no había cuchillos y hostias por delante, ni amenazas, y la chica no dijo en ningún momento "NO". ¿Quiere eso decir que consintió? Pues no, colega, ni de coña, y por eso SÍ están condenados por abuso.
    Lo puede decir una abogada o rita la cantaora, que abogado no equivale a lingüista, hasta donde yo sé. Porque si sacamos el diccionario y la lengua a pasear, te digo que violar es saltarte cualquier ley, y no llamamos violadores a quienes se saltan un semáforo, ¿a que no? Pues eso.

    El Código Penal sí recoge el término violación dentro de las agresiones sexuales:

    Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales

    CAPÍTULO PRIMERO

    De las agresiones sexuales

    El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.

    Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

    1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    1.ª Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
    2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
    3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.
    4.ª Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
    5.ª Cuando el autor haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, susceptibles de producir la muerte o alguna de las lesiones previstas en los artículos 149 y 150 de este Código, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder por la muerte o lesiones causadas.

    2. Si concurrieren dos o más de las anteriores circunstancias, las penas previstas en este artículo se impondrán en su mitad superior.

    CAPÍTULO II

    De los abusos sexuales

    1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

    2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.


    3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.

    4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.



    Coloquialmente a mí me parece muy claro que podemos hablar de violación (tener acceso carnal con alguien en contra de su voluntad, según la RAE) en ambos casos, en el abuso y en la agresión. A mí.

    A pesar de que las masas y los líderes políticos de todo pelaje han arremetido contra los jueces -que lo hagan las masas, vale, pero que lo hagan los líderes políticos da miedito- acusándoles de no creer a la víctima, como bien dice el artículo, de hecho el Tribunal cree en todo momento en la versión de la víctima, dedicando apartados enteros a fundamentar su credibilidad, verosimilitud y consistencia. La cree cuando dice que no consintió el acceso carnal, en ninguna de las formas, y que éste fue contra su voluntad a pesar de que no llegó a exteriorizarlo verbal o físicamente por miedo. Por eso, porque los jueces creyeron a la víctima, condenaron a los tipos de La Manada a una pena por abuso sexual en su forma agravada. Y no los condenó por agresión sexual porque, como bien dice el artículo, la acusación no ha probado la concurrencia de la violencia o intimidación que requiere el tipo penal de la agresión, siendo especialmente importante a este respecto lo declarado por la propia víctima en el acto del juicio (“siento en plan de ¿cómo decirlo? No miedo, ni intimidación, pero…sorprende”).

    ¿Que queremos cambiar el CP y meter el abuso y la agresión en un mismo pack, el de la violación? Po fale, pero al menos leed esto que dice el artículo:

    Como verá, ni todo se reduce a una mera cuestión semántica, ni se puede solucionar con arreglo a fórmulas matemáticas. Quienes creen que todo se soluciona llamando violación a lo que ahora se llama agresión o abuso, se equivocan, porque a efectos prácticos nada cambiará y las dudas interpretativas seguirán surgiendo. Es más, reducir los tipos penales puede tener un efecto contrario al que se persigue, pues algunas conductas que ahora son merecedoras de reproche penal puede que, con la reforma, no lo sean, o que las que lo sean tengan una pena desproporcionada al no valorar debidamente las circunstancias concurrentes.

  • Para construir verdades como puños no hay nada como tirar un poquito de diccionario y otro poquito de titulares de periódico. Mano de santo, oiga.
  • editado mayo 2018 PM
    Hubo un tipo en USA que se dedicaba a dormir a mujeres con algún tipo de droga para luego fimar en VHS todo lo que hacía con ellas. No las mataba, creo recordar.

    Era un niño rico, creo que heredero de un imperio de negocios, y salió en el típico programa de crímenes de La Sexta. Ahora no recuerdo si lo encerraron por violación o abuso sexual, tengo curiosidad por saber cómo hacen en USA con la ausencia de violencia física, si también descartan la "violación" y lo dejan en "abuso sexual".

    EDIT: Heredero de Max Factor. Lo pillaron por "sexual assault", que si no me equivoco, sería el equivalente a abuso sexual.

    https://en.wikipedia.org/wiki/Andrew_Luster
  • Bullitt escribió : »
    Ya te digo si es Pds el que controla a los jueces, aunque todavía no sabemos como lo hará siendo la mayoría de jueces conservadores, también lo hará con las FFSS y el ejército siendo también la mayoría derechistas. O.o

    Todo dios se ha dedicado a rajar del juez discrepante, el ministro de Justicia no puede dedicarse a rajar, ni el gobierno. Aunque sabemos que cuando le interesa habla de sentencias.

    Tampoco debería inmiscuirse en la justicia el poder legislativo del que forman parte Pablo Iglesias y otros diputados de Podemos que han dedicado al juez discrepante improperios de más grueso calibre. Su función es modificar las leyes y no criticar su aplicación por parte de los jueces. Hay que tener la cara muy dura para pedir la dimisión de Catalá por esto después de los insultos vejatorios que se han oido desde las filas moradas hacia el juez. La dimisión de Catalá la puede pedir Ciudadanos pero Podemos...

    Bullitt escribió : »
    Meada fuera del tiesto.

    En agresión sexual hay dos supuestos violencia O intimidación. No se habla de violencia en estos hechos, se habla de intimidación para poder ser catalogada de agresión sexual.

    Hablas de intimidación pero me juego un meñique a que si sólo se contemplara el supuesto de violencia para calificar los hechos como agresión sexual tú dirías que en ese portal hubo violencia.

    En todo caso la violencia se puede objetivar, y en cierta manera es mensurable, pero la intimidación es más difícil de valorar. En este caso no hubo insultos ni amenazas por lo que la intimidación resulta aun más etérea e interpretable al albur de cada uno. Tres jueces han dicho que no hubo intimidación.

    Bullitt escribió : »
    Efectivamente y por eso ya está recogido en el CP.

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html

    6 a 12 años y si concurren determinadas circunstancias pasaría de 12 a 15 años.

    Ya de primeras a uno le pueden caer 6 años y si los hechos son más graves hasta 12 años, existe graduación.

    Primero, la asesina del niño le caería la PPR otra cosa es si se aboliese la PPR. Segundo que los delitos sexuales están muy penados está claro, por eso también no se busca elevar las penas, más bien ver los supuestos.

    Habría mucha pena al ser varios violando a una mujer. Son las paradojas de la justicia, una doble violación está igual o más penado que un homicidio, uno está muerto y la otra viva.

    A simple vista no parece lógico que estén más penados los atentados a la libertad sexual que los dirigidos contra la propia vida, dada las consecuencias del todo irreversibles de éstos últimos.

    Bullitt escribió : »
    No estar sobrio no te exime de tus responsabilidades y más cuando hay un militar y un GC, deberían tener muy claro que hacer y que no hacer.

    Yo me he puesto ciego y no me he dedicado a manosear mujeres, aún estando borracho tengo conciencia, habré hecho el garrulo, me he subido encima de un coche, me he roto la camisa a lo Hulk... pero no me he dedicado a manosear mujeres, eso ya es traspasar los límites. Creo que solo una vez no me he acordado de lo ocurrido.

    Pues díselo a Patroclo y a la polpotiana del foro para los cuales el supuesto estado de embriaguez de todos los implicados en lo de Alsasua supone una especie de eximente para los agresores proetarras.
  • Sabor Fresa escribió : »
    Hubo un tipo en USA que se dedicaba a dormir a mujeres con algún tipo de droga para luego fimar en VHS todo lo que hacía con ellas. No las mataba, creo recordar.

    Era un niño rico, creo que heredero de un imperio de negocios, y salió en el típico programa de crímenes de La Sexta. Ahora no recuerdo si lo encerraron por violación o abuso sexual, tengo curiosidad por saber cómo hacen en USA con la ausencia de violencia física, si también descartan la "violación" y lo dejan en "abuso sexual".

    EDIT: Heredero de Max Factor. Lo pillaron por "sexual assault", que si no me equivoco, sería el equivalente a abuso sexual.

    https://en.wikipedia.org/wiki/Andrew_Luster

    Sin tener idea del aspecto legislativo, parece bastante evidente que sexual assault equivale a agresión sexual, no a abuso sexual
  • Stern von Afrika escribió : »
    El Código Penal sí recoge el término violación dentro de las agresiones sexuales:
    Claro, es lo que estamos diciendo todo el rato. Lo que recalco en negrita. En cambio, el abuso sexual no se considera violación aunque haya penetración no consentida, que es lo que se critica básicamente
  • Stern von Afrika escribió : »
    claudiamr escribió : »

    Menudo capullo el del vídeo. Quiere aparentar equidistancia, pero es de lo más rancio del mundo. Criticar todo lo criticable, o quizás todo no. Basta ver que se presenta como hombre blanco hetero.

    En fin, qué lamentable que por todos los lados intentan manipular y subirse a la cresta de la ola. Da igual que seas político, tuitero o youtuber.

    El corte que exhibe de Elisa Beni, me dirás si no es cierto. Y decirlo ¿es censura? ¿Es querer censurar? ¿Desde cuándo los menores tienen derecho a ver todo lo que les dé la gana? Primera noticia.

    Si se quiere relacionar el porno directamente con las agresiones sexuales, sí, es censura. Igual que cuando se relacionan los videojuegos o los juegos de rol con la violencia. La responsabilidad es del criminal, no del porno, los videojuegos o los juegos de rol. Si alguien no diferencia la ficción de la vida real, el problema lo tiene exclusivamente esa persona, y tratar de confundir a propósito una con otra es una actitud censuradora de libro.
    He visto 10 minutos y no hay ganas de ver más.

    Y de verdad que no entiendo cómo hacéis de voceros de esta gentuza con delirios de grandeza, aunque, eso sí, no lo suficientemente valiente para exponer su cara en público.

    Supongo que te parecerá igual de reprochable que Barbijaputa haga exactamente lo mismo: preservar su anonimato. A mí no me parece mal en ningún caso: lo importante es el mensaje, no el nombre o la cara de quien lo diga.

    Por lo demás, y en mi humilde opinión, el del vídeo dice verdades como puños.

    Si yo hubiera defendido a Barbijaputa alguna vez... Es una figura quizá necesaria para la concienciación, pero es muy radical en muchas ocasiones. Eso no quita que cosas que dice de vez en cuando me parecen cargadas de razón.

    El notas del vídeo dice algunas verdades acompañadas de otras cosas.
    Stern von Afrika escribió : »
    Lo puede decir una abogada o rita la cantaora, que abogado no equivale a lingüista, hasta donde yo sé. Porque si sacamos el diccionario y la lengua a pasear, te digo que violar es saltarte cualquier ley, y no llamamos violadores a quienes se saltan un semáforo, ¿a que no? Pues eso.

    El Código Penal sí recoge el término violación dentro de las agresiones sexuales:



    Coloquialmente a mí me parece muy claro que podemos hablar de violación (tener acceso carnal con alguien en contra de su voluntad, según la RAE) en ambos casos, en el abuso y en la agresión. A mí.

    A pesar de que las masas y los líderes políticos de todo pelaje han arremetido contra los jueces -que lo hagan las masas, vale, pero que lo hagan los líderes políticos da miedito- acusándoles de no creer a la víctima, como bien dice el artículo, de hecho el Tribunal cree en todo momento en la versión de la víctima, dedicando apartados enteros a fundamentar su credibilidad, verosimilitud y consistencia. La cree cuando dice que no consintió el acceso carnal, en ninguna de las formas, y que éste fue contra su voluntad a pesar de que no llegó a exteriorizarlo verbal o físicamente por miedo. Por eso, porque los jueces creyeron a la víctima, condenaron a los tipos de La Manada a una pena por abuso sexual en su forma agravada. Y no los condenó por agresión sexual porque, como bien dice el artículo, la acusación no ha probado la concurrencia de la violencia o intimidación que requiere el tipo penal de la agresión, siendo especialmente importante a este respecto lo declarado por la propia víctima en el acto del juicio (“siento en plan de ¿cómo decirlo? No miedo, ni intimidación, pero…sorprende”).

    ¿Que queremos cambiar el CP y meter el abuso y la agresión en un mismo pack, el de la violación? Po fale, pero al menos leed esto que dice el artículo:

    Como verá, ni todo se reduce a una mera cuestión semántica, ni se puede solucionar con arreglo a fórmulas matemáticas. Quienes creen que todo se soluciona llamando violación a lo que ahora se llama agresión o abuso, se equivocan, porque a efectos prácticos nada cambiará y las dudas interpretativas seguirán surgiendo. Es más, reducir los tipos penales puede tener un efecto contrario al que se persigue, pues algunas conductas que ahora son merecedoras de reproche penal puede que, con la reforma, no lo sean, o que las que lo sean tengan una pena desproporcionada al no valorar debidamente las circunstancias concurrentes.

    ¿Entonces de qué hablas? Si eras tú el que ha venido a decir que violación son las dos cosas y que lo dice la abogada X que ha escrito un artículo en Y, y ahora reconoces que no, que solo se habla de violación en caso de agresión sexual.

    Cojones, te desdices solito. Tú solo, entras en una falacia de manual.

    Y sí, parece mentira, pero en el CP del 74 (creo que era del 74, igual es anterior, pero me refiero al vigente antes de que lo cambiaran en democracia) se consideraba TODO violación y punto. Retroceso con la democracia. Mentira parece.


    Respecto a la censura, me reintero: que hablamos de menores, coño. Menores que no saben manejar determinadas cosas. Eso NO es censura, es educación. El porno no se hace para menores, como tantas otras cosas, porque no lo encajan y no lo comprenden. Dejad de llamar censura a algo que no lo es. Un menor NO es un ciudadano de pleno derecho, así que privarle de cosas no es censura. Punto final. A ver si ahora vamos a tener que hacer un croquis como con lo de los presos políticos.

    Y repito nuevamente: una abogada NO es lingüista, y un diccionario general no es el código penal. En un tribunal se habla en leyes, no en lenguaje popular. Mezclarlo todo para confundir está mal, pero querer pasar por profesional de algo que no eres está casi peor. Zapatero a tus zapatos.
    Sabor Fresa escribió : »
    EDIT: Heredero de Max Factor. Lo pillaron por "sexual assault", que si no me equivoco, sería el equivalente a abuso sexual.

    Ya está, el otro metiendo aquí cosas que ni siquiera son de nuestro CP.

    Si ahora vamos a regirnos por el CP de ciertos Estados estadounidenses, agarraros los machos porque quien folle con una cría menor de 18 años ya va a ser un rapist de entrada.

    Para todo lo demás, mastercard.

    En cualquier caso, como bien dice superkoko, te equivocas y mucho. ¿Por qué? Porque sexual assault includes rape, groping, child sexual abuse or sexual torture. This is from the Wikipedia article, que también puedes irte al código penal si quieres (aunque el artículo cita en esto un diccionario legal, no creo que esté mal). Ya que nos gusta mezclar churras con merinas, al menos informarnos previamente y hacerlo con propiedad.
  • editado mayo 2018 PM
    claudiamr escribió : »
    ¿Entonces de qué hablas? Si eras tú el que ha venido a decir que violación son las dos cosas y que lo dice la abogada X que ha escrito un artículo en Y, y ahora reconoces que no, que solo se habla de violación en caso de agresión sexual.

    Cojones, te desdices solito. Tú solo, entras en una falacia de manual.

    Y sí, parece mentira, pero en el CP del 74 (creo que era del 74, igual es anterior, pero me refiero al vigente antes de que lo cambiaran en democracia) se consideraba TODO violación y punto. Retroceso con la democracia. Mentira parece.

    Insisto, Claudia. Si nos atenemos a las definiciones de agresión y abuso sexual que da el CP, ambas son violaciones de libro (de un libro que se llama Diccionario de la lengua española, por cierto). En un tribunal no se habla en lenguaje popular, efectivamente, pero es que el debate sobre este juicio hace ya tiempo que está en la calle, con todo quisque opinando sobre la sentencia, y me parece que el lenguaje empleado en este caso es más bien el popular. El debate viene porque dentro de las agresiones, el CP dice que el responsable será castigado como reo de violación, mientras que en el capítulo de los abusos no se menciona a esa palabra. Si lo que quieres es que se cambie el CP y se meta todo dentro de un capítulo titulado por ejemplo VIOLACIÓN pues muy bien, pero te remito al último párrafo del artículo que enlacé, que es de lo que hablo y que no sé si has leído. Un texto escrito por una abogada que seguramente sabrá más de cosas de leyes que nosotros, aunque todo el mundo esté opinando alegremente sobre el tema (¿cómo era eso? Ah, sí: zapatero a tus zapatos, pero bueno).

    Por otro lado, no son muy coherentes los políticos que tan pronto dicen que no hay que legislar en caliente, como que se lanzan a ello igual que si no hubiera un mañana. Según el caso, vaya.
    Respecto a la censura, me reintero: que hablamos de menores, coño. Menores que no saben manejar determinadas cosas. Eso NO es censura, es educación. El porno no se hace para menores, como tantas otras cosas, porque no lo encajan y no lo comprenden. Dejad de llamar censura a algo que no lo es. Un menor NO es un ciudadano de pleno derecho, así que privarle de cosas no es censura. Punto final. A ver si ahora vamos a tener que hacer un croquis como con lo de los presos políticos.

    El acceso de los menores al porno, de toda la vida ha sido responsabilidad de los padres. Cuando era pequeño a las pelis con mucho sexo les ponían dos rombos para avisar, pero si yo podía verlas o no era cosa de mis padres. Y fíjate que, aunque efectivamente trataban de impedirlo, al final mis amigos y yo siempre conseguíamos ver alguna, o pillar alguna revista erótica, a pesar de lo cual no nos hemos convertido en una manada de violadores, ni nada parecido. Lo que habría sido de locos es prohibir las películas o las revistas con sexo no fuera que las viera algún menor. Eso creo que se hacía más bien en el franquismo. Lo mismo con los videojuegos, las pelis violentas y demás. Como hoy el acceso al porno es más fácil, a través de internet, parece que se está intentando prohibir sin más, cuando sigue siendo responsabilidad de los papis si sus hijos tienen acceso al porno (no le compres un móvil, coño), a las pelis violentas, a los videojuegos, etc. Sí, es censura, Claudia (¿cómo era eso? Ah, sí: retroceso con la democracia. Mentira parece, que diríais Yoda y tú).
  • Afri, el debate ya no esta ahí. El debate ahora va de cambiar completemente la ley y considerar violación a toda penetración no consentida, con sus correspondientes agravantes por violencia.
  • Vlad escribió : »
    Afri, el debate ya no esta ahí. El debate ahora va de cambiar completemente la ley y considerar violación a toda penetración no consentida, con sus correspondientes agravantes por violencia.
    Stern von Afrika escribió : »
    Si lo que quieres es que se cambie el CP y se meta todo dentro de un capítulo titulado por ejemplo VIOLACIÓN pues muy bien, pero te remito al último párrafo del artículo que enlacé,

    De verdad que no sé si es que no me explico o que no me entendéis. Voy a dejar el debate porque miedo me da que me acuséis de abuso intelectual :chismoreno:
  • No, el problema es tu falta de coherencia y el que no entiendes que se dice violación a la agresión y no al abuso porque así lo dice la ley, eres tú, macho.
  • Stern von Afrika escribió : »
    Vlad escribió : »
    Afri, el debate ya no esta ahí. El debate ahora va de cambiar completemente la ley y considerar violación a toda penetración no consentida, con sus correspondientes agravantes por violencia.
    Stern von Afrika escribió : »
    Si lo que quieres es que se cambie el CP y se meta todo dentro de un capítulo titulado por ejemplo VIOLACIÓN pues muy bien, pero te remito al último párrafo del artículo que enlacé,

    De verdad que no sé si es que no me explico o que no me entendéis. Voy a dejar el debate porque miedo me da que me acuséis de abuso intelectual :chismoreno:

    Eres idiota. Ya no cabe duda.
  • claudiamr escribió : »
    No, el problema es tu falta de coherencia y el que no entiendes que se dice violación a la agresión y no al abuso porque así lo dice la ley, eres tú, macho.

    No solo lo entiendo, sino que además ya he respondido a eso. Pero no lo voy a volver a hacer porque me ha dado un calambre en el dedo de tanto repetirlo.
    Patroclo escribió : »
    Stern von Afrika escribió : »
    Vlad escribió : »
    Afri, el debate ya no esta ahí. El debate ahora va de cambiar completemente la ley y considerar violación a toda penetración no consentida, con sus correspondientes agravantes por violencia.
    Stern von Afrika escribió : »
    Si lo que quieres es que se cambie el CP y se meta todo dentro de un capítulo titulado por ejemplo VIOLACIÓN pues muy bien, pero te remito al último párrafo del artículo que enlacé,

    De verdad que no sé si es que no me explico o que no me entendéis. Voy a dejar el debate porque miedo me da que me acuséis de abuso intelectual :chismoreno:

    Eres idiota. Ya no cabe duda.

    Diego, comprende que no todos tenemos la suerte de haber nacido con tu sagacidad y tu intelecto, de los que día a día das sobradas pruebas en el foro. Si todos fuéramos como tú, el mundo sería muy diferente, de eso sí que no cabe duda.
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