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Y mientras, la juez de guardia de Lleida rechaza la medida de confinamiento parcial tomada por Torra porque, acordaos, el Estado de Alarma no era necesario, según repetían como loros los derechonis una y otra vez. Eso, claro, hasta que te llega una juez derechoni a decirle a Torra que cómo se le ocurre hacer cosas. Entonces sí, el Estado de Alarma es absolutamente imprescindible
Esto sólo deja a Torra dos opciones, recurrir el auto judicial Y echar mano de Decreto-Ley hasta que se lo tumben por cualquier otra mierda. Mientras tanto, Lleida con números rampantes
Desde Mayo han tenido tiempo para ponerse de acuerdo y dotar de instrumentos legales para aplicar estas medidas................. pero no les interesa. Y hablo del Gobierno y de las declaraciones de Carmen Calvo por aquel entonces.
Ni idea, pero restringir un derecho como es la libre circulación no creo que sea sencillo de sacar del Estado de Alarma, y menos delegarlo a los gobiernos regionales. Me temo que habrá que aplicar el Estado de Alarma de nuevo en Aragón y en Cataluña.
Ah, bueno, entonces todo bien. Por cierto, mira lo que dice Salvador Illa que, si no me equivoco, es del gobierno de Hezpaña
El Gobierno descarta, por el momento, aprobar el estado de alarma para clausurar la comarca del Segrià y sus habitantes en sus casas porque considera que las comunidades autónomas "disponen de instrumentos" para decretar confinamientos. Fuentes del Gobierno confían en que la Generalitat solvente el problema con la justicia y que mediante el decreto ley anunciado por el 'president' Quim Torra o por medio de un recurso ante la jueza que ha paralizado el confinamiento de Lleida y siete municipios más pueda sortear el veto.
Las mismas fuentes recuerdan que cuatro jueces distintos han avalado las restricciones de movimientos, más acotadas, en otras zonas de España y por ello esperan que la situación en Lleida "se pueda solventar", dado que Sanidad apoya que, dado que hay transmisión comunitaria, se confine la zona afectada y que sus habitantes sólo puedan abandonar sus hogares para ir a trabajar, comprar o hacer deporte.
Pues oye, lo mismo tienen que explicárselo a la Fiscalía y a la juez
El brote de Lleida está descontrolado, pero vamos a esperar si eso. Yo de Torra fletaría una centena de autocares de Lleida a Madrid, a ver si así...
Parece evidente que la Generalitat es la autoridad competente para decretar el confinamiento, que existe una ley orgánica que la habilita a actuar y que hay suma urgencia en atajar un rebrote
El incomprensible auto de un juzgado de instrucción de Lleida denegando el confinamiento decretado por el Govern para hacer frente a un rebrote de covid-19 reabre un debate jurídico: se discute sobre quién puede tomar decisiones que suspendan la libertad de movimiento de las personas y con qué base jurídica.
La Ley Orgánica de Medidas Sanitarias de 1986 contiene, como sucede en la legislación comparada de la mayoría de los países de nuestro entorno, habilitaciones genéricas que conceden un margen de actuación a las “administraciones competentes” para hacer frente a epidemias. Estas pueden tener un alcance muy diverso y requerir medios muy diferentes (control de poblaciones, internamientos, pruebas sanitarias forzosas, requisas de medios…) pero que siempre ocurren en contextos con un elevado grado de incertidumbre que obliga a un grado de amplitud en el apoderamiento, que se compensa con la existencia de un mecanismo de ratificación judicial previsto en el artículo 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Es una ley orgánica precisamente porque el legislador sabía que eventualmente esas medidas podían afectar a derechos fundamentales. Con esta ley, por cierto, se confinó a más de 450.000 personas en Murcia el 13 de marzo o a 1.000 en un hotel en Tenerife en febrero, antes del estado de alarma.
La Fiscalía decide recurrir el confinamiento decretado por la autoridad sanitaria competente en Lleida, la Generalitat, entendiendo que solo se puede producir este confinamiento bajo el estado de alarma. El sorprendente criterio de la Fiscalía se aparta de su funcionamiento estatutario con “unidad de criterio”. ¿Por qué no recurre la orden gallega contemporánea de confinamiento de A Mariña de Lugo que además prohibía el ejercicio de otro derecho fundamental, el voto, a 400 personas? ¿Pretende la Fiscalía enmendar la plana al Congreso de los Diputados, que decidió por gran mayoría que debía finalizar el estado de alarma, devolver las competencias a las comunidades autónomas y que estas gestionaran los rebrotes sin incidencia supracomunitaria con sus propios medios?
No parece que sea el papel de la judicatura o la Fiscalía determinar si el poder político debe escoger entre varios instrumentos jurídicos igualmente válidos el de su preferencia, sino decidir si las medidas que se adoptan las toma la Administración competente en uso de una atribución que le confiere el ordenamiento jurídico. Parece evidente que la Generalitat es la autoridad competente, que existe una ley orgánica que la habilita a actuar y que hay suma urgencia en atajar un rebrote que, inusitadamente, la juez entiende no acreditado suficientemente. Un auto, en definitiva, pobre en su redacción, jurídicamente muy discutible e irresponsable en el ejercicio de la tutela cautelar de la salud pública.
Alba Nogueira, catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
Desde el principio los entendiditos en la materia han afirmado que una Comunidad Autónoma puede cerrar un municipio, incluso confinar un edificio, con motivo de la epidemia, pero no limitar la movilidad de toda una región.
Pero sí, a ver si nos dicen qué. Porque el virus no espera.
Desde el principio los entendiditos en la materia han afirmado que una Comunidad Autónoma puede cerrar un municipio, incluso confinar un edificio, con motivo de la epidemia, pero no limitar la movilidad de toda una región.
Pero sí, a ver si nos dicen qué. Porque el virus no espera.
Yo lo que había leído hasta ahora era que los entendidos estaban divididos. Algunos decías que la restricción entraba dentro de la ley esa de medidas sanitarias y otros que no. Es más incluso hay alguno que decía que tampoco se podía hacer en el estado de alarma.
Yo no tengo ni idea, pero ante este revés jurídico ya debía estar el gobierno hablando con Torra para ver qué solución toman antes de las 12 de esta noche. Bien que aprobaban decretos ley a cascoporro hace unos meses, pues que aprueben ya una ley que de cobertura legal al gobierno de Torra. Y ya, después que el PP la lleve al constitucional. Pero deberían estar actuando YA.
Lleida queda muy lejos de Madrid, pero Barceló a de Lleida no, y Madrid de Barcelona tampoco. Se nos va a ir de las manos. Y estoy seguro que si esto pasa en una CCAA del PSOE, ambos, CCAA y gobierno ya lo habrían resuelto. Ya fuera por una "orden" al fiscal o por un decreto ley urgente. Pero la situación de desconexión de Catalunya me da que está influyendo. Torra no querrá aceptar que tiene que pedir ayuda al gobierno estatal y este no querrá ayudar.
Y como dice Tricky si lees El País o El Periódico parece que la posición de el gobierno es que la Generalitat tiene competencias para decretar el confinamiento y no creen necesario intervenir. Las declaraciones que cita Tricky son de hoy. Leyendo El Mundo no me queda tan clara la posición del gobierno.
Y como dice Tricky si lees El País o El Periódico parece que la posición de el gobierno es que la Generalitat tiene competencias para decretar el confinamiento y no creen necesario intervenir. Las declaraciones que cita Tricky son de hoy. Leyendo El Mundo no me queda tan clara la posición del gobierno.
La diferencia es que El País y El Periódico son correveidiles del Gobierno (no del Govern, del Gobierno), y el Mundo no
Desde el principio los entendiditos en la materia han afirmado que una Comunidad Autónoma puede cerrar un municipio, incluso confinar un edificio, con motivo de la epidemia, pero no limitar la movilidad de toda una región.
Pero sí, a ver si nos dicen qué. Porque el virus no espera.
¿Cerrar un municipio no es limitar la movilidad de la región que abarca ese municipio? Si resulta que no es un municipio, sino varios dentro de una misma zona, ¿ya no se puede? Además esos municipios, zona, región o como le quieras llamar, no pisan la zona o región de la comunidad autónoma vecina, por lo que no hay injerencia en las competencias del otro
Que en Galicia y Euskadi se ha impedido VOTAR, y esta vez no por ser "referéndum ilegal", y todo dios calladito. S'ens pixen a sobre i diuen que plou
El problema lo ha expuesto bien Ajojenjo, y se llama independentismo y su proceso de desconexión. El politiqueo se traducirá en muertes, pero es eso lo que buscan algunos. Los mártires para la libertad.
El problema lo ha expuesto bien Ajojenjo, y se llama independentismo y su proceso de desconexión. El politiqueo se traducirá en muertes, pero es eso lo que buscan algunos. Los mártires para la libertad.
Ah, bueno, que el problema es el independentismo. Pues nada, que no se cierre Lleida a ver si se mueren unos pocos catalufos
Lo de ser así de hijo de puta lo llevas bien, ¿no?
El problema lo ha expuesto bien Ajojenjo, y se llama independentismo y su proceso de desconexión. El politiqueo se traducirá en muertes, pero es eso lo que buscan algunos. Los mártires para la libertad.
Ah, bueno, que el problema es el independentismo. Pues nada, que no se cierre Lleida a ver si se mueren unos pocos catalufos
Lo de ser así de hijo de puta lo llevas bien, ¿no?
En cuanto a lo que se puede o no se puede hacer:
El confinamiento, prerrogativa única del Gobierno
Diferente es la cuestión del confinamiento, entendido como la obligación de que todos los ciudadanos se mantengan en sus casas con algunas excepciones. Tanto Presno Linera como Arbós coinciden en que ninguna de las leyes ordinarias, ni estatales ni autonómicas, pueden imponer una medida de ese alcance.
"No se podría adoptar y mantener el confinamiento general con la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, cuyo artículo 3 sirvió para avalar judicialmente las restricciones de movimientos en un hotel de Tenerife cuando el coronavirus apenas había hecho acto ostensible de presencia en España", explica el catedrático de la Universidad de Oviedo, puesto que "la aplicación del citado precepto se justifica, judicialmente, respecto de las personas que se hallan alojadas o prestando su actividad laboral en un establecimiento hotelero".
Es decir, esa ley permitiría confinar a algunas personas concretas, o incluso territorios, como ya se hizo en Igualada antes del estado de alarma, pero no permitiría imponer un confinamiento domiciliario al conjunto de la población de forma genérica y sin limitación del ámbito personal de afectación.
Por esta razón, el estado de alarma sí era necesario para mantener la orden de confinamiento, que en todo caso sería una medida que solo podría adoptar el Gobierno, con el debido control parlamentario. Pero incluso en esto los catedráticos muestran sus dudas, pues hay cierta controversia jurídica sobre si el estado de alarma es suficiente para restringir el derecho a la circulación, o esta solo cabe en un estado de excepción.
"Para mí el confinamiento domiciliario encaja mal en todos los campos, desde luego en el estado de alarma, pero ni siquiera en el de excepción. Los estados de alarma y excepción hablan de limitar, pero no de suspender un derecho como es el de circulación", asegura Arbós, quien a continuación añade que eso "se trata de un problema de encaje jurídico", es decir, "no se trata de discutir la necesidad del confinamiento, sino de que, aceptando que es necesario, ver cómo se encaja en derecho".
Comentarios
Manada de retrasados mentales.
Esto sólo deja a Torra dos opciones, recurrir el auto judicial Y echar mano de Decreto-Ley hasta que se lo tumben por cualquier otra mierda. Mientras tanto, Lleida con números rampantes
Lacra de gobernantes, por dios.
Ah, bueno, entonces todo bien. Por cierto, mira lo que dice Salvador Illa que, si no me equivoco, es del gobierno de Hezpaña
Pues oye, lo mismo tienen que explicárselo a la Fiscalía y a la juez
El brote de Lleida está descontrolado, pero vamos a esperar si eso. Yo de Torra fletaría una centena de autocares de Lleida a Madrid, a ver si así...
Y hombre, mecanismos hay. Aragón adoptó medidas una semana antes y los resultados son indudablemente mejores que en Cataluña.
Con lo que me lo pones más a mi favor. Si en Lleida el tema está peor, lo mismo las medidas tomadas en Aragón no sirven
Parece evidente que la Generalitat es la autoridad competente para decretar el confinamiento, que existe una ley orgánica que la habilita a actuar y que hay suma urgencia en atajar un rebrote
El incomprensible auto de un juzgado de instrucción de Lleida denegando el confinamiento decretado por el Govern para hacer frente a un rebrote de covid-19 reabre un debate jurídico: se discute sobre quién puede tomar decisiones que suspendan la libertad de movimiento de las personas y con qué base jurídica.
La Ley Orgánica de Medidas Sanitarias de 1986 contiene, como sucede en la legislación comparada de la mayoría de los países de nuestro entorno, habilitaciones genéricas que conceden un margen de actuación a las “administraciones competentes” para hacer frente a epidemias. Estas pueden tener un alcance muy diverso y requerir medios muy diferentes (control de poblaciones, internamientos, pruebas sanitarias forzosas, requisas de medios…) pero que siempre ocurren en contextos con un elevado grado de incertidumbre que obliga a un grado de amplitud en el apoderamiento, que se compensa con la existencia de un mecanismo de ratificación judicial previsto en el artículo 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Es una ley orgánica precisamente porque el legislador sabía que eventualmente esas medidas podían afectar a derechos fundamentales. Con esta ley, por cierto, se confinó a más de 450.000 personas en Murcia el 13 de marzo o a 1.000 en un hotel en Tenerife en febrero, antes del estado de alarma.
La Fiscalía decide recurrir el confinamiento decretado por la autoridad sanitaria competente en Lleida, la Generalitat, entendiendo que solo se puede producir este confinamiento bajo el estado de alarma. El sorprendente criterio de la Fiscalía se aparta de su funcionamiento estatutario con “unidad de criterio”. ¿Por qué no recurre la orden gallega contemporánea de confinamiento de A Mariña de Lugo que además prohibía el ejercicio de otro derecho fundamental, el voto, a 400 personas? ¿Pretende la Fiscalía enmendar la plana al Congreso de los Diputados, que decidió por gran mayoría que debía finalizar el estado de alarma, devolver las competencias a las comunidades autónomas y que estas gestionaran los rebrotes sin incidencia supracomunitaria con sus propios medios?
No parece que sea el papel de la judicatura o la Fiscalía determinar si el poder político debe escoger entre varios instrumentos jurídicos igualmente válidos el de su preferencia, sino decidir si las medidas que se adoptan las toma la Administración competente en uso de una atribución que le confiere el ordenamiento jurídico. Parece evidente que la Generalitat es la autoridad competente, que existe una ley orgánica que la habilita a actuar y que hay suma urgencia en atajar un rebrote que, inusitadamente, la juez entiende no acreditado suficientemente. Un auto, en definitiva, pobre en su redacción, jurídicamente muy discutible e irresponsable en el ejercicio de la tutela cautelar de la salud pública.
Alba Nogueira, catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
Pero sí, a ver si nos dicen qué. Porque el virus no espera.
Yo lo que había leído hasta ahora era que los entendidos estaban divididos. Algunos decías que la restricción entraba dentro de la ley esa de medidas sanitarias y otros que no. Es más incluso hay alguno que decía que tampoco se podía hacer en el estado de alarma.
Yo no tengo ni idea, pero ante este revés jurídico ya debía estar el gobierno hablando con Torra para ver qué solución toman antes de las 12 de esta noche. Bien que aprobaban decretos ley a cascoporro hace unos meses, pues que aprueben ya una ley que de cobertura legal al gobierno de Torra. Y ya, después que el PP la lleve al constitucional. Pero deberían estar actuando YA.
Lleida queda muy lejos de Madrid, pero Barceló a de Lleida no, y Madrid de Barcelona tampoco. Se nos va a ir de las manos. Y estoy seguro que si esto pasa en una CCAA del PSOE, ambos, CCAA y gobierno ya lo habrían resuelto. Ya fuera por una "orden" al fiscal o por un decreto ley urgente. Pero la situación de desconexión de Catalunya me da que está influyendo. Torra no querrá aceptar que tiene que pedir ayuda al gobierno estatal y este no querrá ayudar.
La diferencia es que El País y El Periódico son correveidiles del Gobierno (no del Govern, del Gobierno), y el Mundo no
¿Cerrar un municipio no es limitar la movilidad de la región que abarca ese municipio? Si resulta que no es un municipio, sino varios dentro de una misma zona, ¿ya no se puede? Además esos municipios, zona, región o como le quieras llamar, no pisan la zona o región de la comunidad autónoma vecina, por lo que no hay injerencia en las competencias del otro
Que en Galicia y Euskadi se ha impedido VOTAR, y esta vez no por ser "referéndum ilegal", y todo dios calladito. S'ens pixen a sobre i diuen que plou
Tanto cuesta darse cuenta que cuanto antes, mejor.
Ah, bueno, que el problema es el independentismo. Pues nada, que no se cierre Lleida a ver si se mueren unos pocos catalufos
Lo de ser así de hijo de puta lo llevas bien, ¿no?
En cuanto a lo que se puede o no se puede hacer:
https://www.eldiario.es/catalunya/politica/gobierno-comunidades-gestion-alarma-confinamiento_1_5957006.html
Lo de cómo llevo que tú digas lo que soy o dejo de ser, para otro día, no quiero decepcionarte.
No, esos lo han hecho bien porque no es Catalunya
En Galicia y Euskadi se ha vulnerado el derecho a voto, obviamente. A ver en qué queda.