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Igualdad

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Comentarios

  • editado julio 2022 PM
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    En la propia ley está todo meridianamente claro, qué digo, el el propio título de la misma.

    ¿Y los binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo onpor su genero?

    Binario = uno u otro, no admite grises, es decir hombre o mujer. Todavía no lo entiendes y lo has puesto mal. Repasa.
    Una duda. ¿La LIVG por que se aplica por el sexo de los implicados y no por su genero?

    Te lo acabo de decir, en el propio título de la ley.

    Pierdo el tiempo, bis, tris, etc.

    ¿Y los no binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo o por su genero?

    Género, obviamente. Es un tema complicado. Yo no le veo solución. No tiene sentido que una mujer transgénero tenga consideración de mujer en todos los aspectos de la vida. Tampoco es justo para esa persona no ser considerada mujer para todo.
  • editado julio 2022 PM
    Patroclo escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    En la propia ley está todo meridianamente claro, qué digo, el el propio título de la misma.

    ¿Y los binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo onpor su genero?

    Binario = uno u otro, no admite grises, es decir hombre o mujer. Todavía no lo entiendes y lo has puesto mal. Repasa.
    Una duda. ¿La LIVG por que se aplica por el sexo de los implicados y no por su genero?

    Te lo acabo de decir, en el propio título de la ley.

    Pierdo el tiempo, bis, tris, etc.

    ¿Y los no binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo o por su genero?

    Género, obviamente. Es un tema complicado. Yo no le veo solución. No tiene sentido que una mujer transgénero tenga consideración de mujer en todos los aspectos de la vida. Tampoco es justo para esa persona no ser considerada mujer para todo.

    Si la LIVG se basa en el genero y los no binarios no son de genero masculino ni femenino estarían al margen de la LIVG ya que esta ley se aplica segun si se es de género masculino o femenino como agresor o como víctima.

    El problema no es considerar a una persona transgenero ha cambiado de genero. El genero, como bien dice la ministra, es algo que depende unicamente de la percepcion propia.

    ¿Que tu te quieres considerar de genero hombre? Perfecto. ¿Que te quieres considerar mujer? Perfecto ¿Que no te quieres considerar ninguno de los dos? Perfecto.

    El problema es hacer normas y leyes que traten diferente según el género porque ahí se lia y bien gorda ya que estas basando las leyes en una gilipollez sin sentido, sin objetividad alguna y que no tiene mas que arbitrariedad pura.
  • editado julio 2022 PM
    expitu escribió : »
    Patroclo escribió : »
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    Puddles escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    En la propia ley está todo meridianamente claro, qué digo, el el propio título de la misma.

    ¿Y los binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo onpor su genero?

    Binario = uno u otro, no admite grises, es decir hombre o mujer. Todavía no lo entiendes y lo has puesto mal. Repasa.
    Una duda. ¿La LIVG por que se aplica por el sexo de los implicados y no por su genero?

    Te lo acabo de decir, en el propio título de la ley.

    Pierdo el tiempo, bis, tris, etc.

    ¿Y los no binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo o por su genero?

    Género, obviamente. Es un tema complicado. Yo no le veo solución. No tiene sentido que una mujer transgénero tenga consideración de mujer en todos los aspectos de la vida. Tampoco es justo para esa persona no ser considerada mujer para todo.

    Si la LIVG se basa en el genero y los no binarios no son de genero masculino ni femenino estarían al margen de la LIVG ya que esta ley se aplica segun si se es de género masculino o femenino como agresor o como víctima.

    No. La LIVG aplica a aquellas violencias que tienen como causa el género de la víctima. En el año 3022 no sé, pero hoy quienes sufren este tipo de violencia son las mujeres. Y sí, Montero se quiere cargar la LIVG, estáis en la misma onda.
  • editado julio 2022 PM
    Patroclo escribió : »
    expitu escribió : »
    Patroclo escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    En la propia ley está todo meridianamente claro, qué digo, el el propio título de la misma.

    ¿Y los binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo onpor su genero?

    Binario = uno u otro, no admite grises, es decir hombre o mujer. Todavía no lo entiendes y lo has puesto mal. Repasa.
    Una duda. ¿La LIVG por que se aplica por el sexo de los implicados y no por su genero?

    Te lo acabo de decir, en el propio título de la ley.

    Pierdo el tiempo, bis, tris, etc.

    ¿Y los no binarios cuando se refieren a que no son hombre ni mujeres es por su sexo o por su genero?

    Género, obviamente. Es un tema complicado. Yo no le veo solución. No tiene sentido que una mujer transgénero tenga consideración de mujer en todos los aspectos de la vida. Tampoco es justo para esa persona no ser considerada mujer para todo.

    Si la LIVG se basa en el genero y los no binarios no son de genero masculino ni femenino estarían al margen de la LIVG ya que esta ley se aplica segun si se es de género masculino o femenino como agresor o como víctima.

    No. La LIVG aplica a aquellas violencias que tienen como causa el género.

    No. Aquellas en el que el agresor es de género hombre y la persona agredida es de genero mujer.

    Si no se es ni de genero hombre ni de género mujer ,ya sea el agresore , la victime o ambes, entonces no se puede aplicar.


    Por ejemplo. Una persona no binaria le revienta la cabeza a patadas a su pareja mujer.

    ¿Habría que aplicarle la LIVG? Segun la propia ley no.
  • editado julio 2022 PM
    La LIVG como dice Patroclo aquí y en todas partes proviene del hecho reconocido y avalado estadísticamente que las mujeres sufren mayoritariamente y de forma desproporcionada violencia de género a manos de sus parejas, hombres y también de hombres de forma circunstancial que no son sus parejas. La motivación de esa violencia de género es el patriarcado machista heterosexual imperante en nuestra sociedad que por razones históricas tiene que ver con nuestra psicodinámica cultural y social. En breve, considerar a la mujer un ser inferior y servicial para nosotros los hombres.

    La mayoría lo acepta ante las evidencias, otros lo niegan. Así es.
  • Menciono que los queer también están en el tema de las discapacidades, ser ciego o que te falte un brazo no implica discapacidad, solo son construcciones sociales que quieren imponer un modelo normativo de capacidad.

    Como siempre, buenas intenciones, lenguaje que nadie entiende y en el límite un delirio digno de electroshock, curar o limitar una ceguera o una sordera se consideran "mutilaciones" a las "capacidades" de cada uno.
  • Puddles escribió : »
    La LIVG como dice Patroclo aquí y en todas partes proviene del hecho reconocido y avalado estadísticamente que las mujeres sufren mayoritariamente y de forma desproporcionada violencia de género a manos de sus parejas, hombres y también de hombres de forma circunstancial que no son sus parejas. La motivación de esa violencia de género es el patriarcado machista heterosexual imperante en nuestra sociedad que por razones históricas tiene que ver con nuestra psicodinámica cultural y social. En breve, considerar a la mujer un ser inferior y servicial para nosotros los hombres.

    La mayoría lo acepta ante las evidencias, otros lo niegan. Así es.
    Ni te has leido lo que ha dicho Patrocolo XD

    A ver. ¿Si una persona no binaria maltrata a su pareja mujer debe aplicarse la LIVG?
  • editado julio 2022 PM
    Vlish escribió : »
    Menciono que los queer también están en el tema de las discapacidades, ser ciego o que te falte un brazo no implica discapacidad, solo son construcciones sociales que quieren imponer un modelo normativo de capacidad.

    Como siempre, buenas intenciones, lenguaje que nadie entiende y en el límite un delirio digno de electroshock, curar o limitar una ceguera o una sordera se consideran "mutilaciones" a las "capacidades" de cada uno.
    Como decia en La Vida Moderna hemos pasado de deominarlo minusvalido a discapacitado, capacidades diversas... Ya falta menos para llamarlo superpoderes.
  • editado julio 2022 PM
    Presta a confusión, sí. Yo tengo un par de amigos con discapacidad física que son muchísimo más capaces que mucha gente que supuestamente no tiene discapacidad pero no es capaz de dirigir ni su propia vida. De hecho diría que demuestran una capacidad por encima de la media: carrera, trabajo, emancipados en la treintena y uno con un hijo. ¡Con un hijo en silla de ruedas! ¿Cómo decirle discapacitado, que suena a no capacitado? El lenguaje sirve para expresarse, y esa palabra a mí no me sirve. Lo de menos válido para qué comentarlo.
  • expitu escribió : »
    Puddles escribió : »
    La LIVG como dice Patroclo aquí y en todas partes proviene del hecho reconocido y avalado estadísticamente que las mujeres sufren mayoritariamente y de forma desproporcionada violencia de género a manos de sus parejas, hombres y también de hombres de forma circunstancial que no son sus parejas. La motivación de esa violencia de género es el patriarcado machista heterosexual imperante en nuestra sociedad que por razones históricas tiene que ver con nuestra psicodinámica cultural y social. En breve, considerar a la mujer un ser inferior y servicial para nosotros los hombres.

    La mayoría lo acepta ante las evidencias, otros lo niegan. Así es.
    Ni te has leido lo que ha dicho Patrocolo XD

    A ver. ¿Si una persona no binaria maltrata a su pareja mujer debe aplicarse la LIVG?

    Joder, tu entiendes las cosas por el orto. Léete la ley y deja de decir tonterías.
  • editado julio 2022 PM
    expitu escribió : »
    Por ejemplo. Una persona no binaria le revienta la cabeza a patadas a su pareja mujer.

    ¿Habría que aplicarle la LIVG? Segun la propia ley no.

    Si la persona agresora dice que es no binaria, y el motivo de la agresión es el machismo, se aplicará la LIVG, y se ofrecerá a la víctima la protección y los recursos necesarios que prevé dicha ley.
  • Si la persona no binaria tiene polla, si, se le aplica la LIVG, si tiene coño, no, no se aplica.
  • editado julio 2022 PM
    La LIVG se aplica en defensa de la víctima si el motivo de la agresión es el género de la víctima. En este momento las agresiones de este tipo tienen como causa nuestra educación y cultura machistas.
  • Patroclo escribió : »
    expitu escribió : »
    Por ejemplo. Una persona no binaria le revienta la cabeza a patadas a su pareja mujer.

    ¿Habría que aplicarle la LIVG? Segun la propia ley no.

    Si la persona agresora dice que es no binaria, y el motivo de la agresión es el machismo, se aplicará la LIVG, y se ofrecerá a la víctima la protección y los recursos necesarios que prevé dicha ley.
    Pero la ley no dice que es por machismo. La ley dice que se aplica cuando el agresor es varon y la persona agredida mujer. Y los motivos son irrelevantes. ¿De verdad vamos a volver otra vez con la misma mentira?

    Una persona legalmente no binaria no podría ni beneficiarse de la ley ni ser castigada por la ley. Tal y como está hoy día.

  • Vlish escribió : »
    Si la persona no binaria tiene polla, si, se le aplica la LIVG, si tiene coño, no, no se aplica.

    Pero si los subnormales estos dicen que es por el genero, que no es por el sexo. Al final va a ser que los putos sexistas de mierda están mintiendo otra vez...
  • Patroclo escribió : »
    Presta a confusión, sí. Yo tengo un par de amigos con discapacidad física que son muchísimo más capaces que mucha gente que supuestamente no tiene discapacidad pero no es capaz de dirigir ni su propia vida. De hecho diría que demuestran una capacidad por encima de la media: carrera, trabajo, emancipados en la treintena y uno con un hijo. ¡Con un hijo en silla de ruedas! ¿Cómo decirle discapacitado, que suena a no capacitado? El lenguaje sirve para expresarse, y esa palabra a mí no me sirve. Lo de menos válido para qué comentarlo.

    Pues llamale superpoderes.
  • Patroclo escribió : »
    La LIVG se aplica en defensa de la víctima si el motivo de la agresión es el género de la víctima. En este momento las agresiones de este tipo tienen como causa nuestra educación y cultura machistas.

    Eso es mentira. La LIVG se aplica si quien agrede es varon y la victima es mujer. Independientemente del motivo. Si una mujer le revienta la cara a su pareja varón porque no se ha portado como un hombre la LIVG ni pincha ni corta.
  • ¿Como puede ser machista una persona no binaria?
  • expitu escribió : »
    Vlish escribió : »
    Si la persona no binaria tiene polla, si, se le aplica la LIVG, si tiene coño, no, no se aplica.

    Pero si los subnormales estos dicen que es por el genero, que no es por el sexo. Al final va a ser que los putos sexistas de mierda están mintiendo otra vez...

    La legislación feminista, LIVG, cuotas, espacios seguros, etc, siempre se ha basado en el sexo biológico, con los hombres, sexo, malos por haber creado el patriarcado para discriminar y oprimir a las mujeres, sexo.

    La legislación queer, ley trans, se basa en el género y choca con la legislación feminista, porque para los queer, al menos en su versión más radicalizada, el concepto "hombre" o concepto "mujer" no existen.
  • editado julio 2022 PM
    Trans woman Thomas nominated for NCAA Woman of the Year award
    nintendo-rage.gif
  • editado julio 2022 PM
    Vlish escribió : »
    expitu escribió : »
    Vlish escribió : »
    Si la persona no binaria tiene polla, si, se le aplica la LIVG, si tiene coño, no, no se aplica.

    Pero si los subnormales estos dicen que es por el genero, que no es por el sexo. Al final va a ser que los putos sexistas de mierda están mintiendo otra vez...

    La legislación feminista, LIVG, cuotas, espacios seguros, etc, siempre se ha basado en el sexo biológico, con los hombres, sexo, malos por haber creado el patriarcado para discriminar y oprimir a las mujeres, sexo.

    La legislación queer, ley trans, se basa en el género y choca con la legislación feminista, porque para los queer, al menos en su versión más radicalizada, el concepto "hombre" o concepto "mujer" no existen.

    Efectivamente. Pero hay que incidir en que los queer, genero fluido, son una minoría muy minoritaria, para el 95% o más de la población, el esquema CIS o binario es el que aplica. Por lo tanto esa pequeña minoría es irrelevante en cuanto al feminismo. Fundamentalnente se trata de casos de disforia de género transitoria e indeterminada.
  • editado julio 2022 PM
    expitu escribió : »
    Patroclo escribió : »
    Presta a confusión, sí. Yo tengo un par de amigos con discapacidad física que son muchísimo más capaces que mucha gente que supuestamente no tiene discapacidad pero no es capaz de dirigir ni su propia vida. De hecho diría que demuestran una capacidad por encima de la media: carrera, trabajo, emancipados en la treintena y uno con un hijo. ¡Con un hijo en silla de ruedas! ¿Cómo decirle discapacitado, que suena a no capacitado? El lenguaje sirve para expresarse, y esa palabra a mí no me sirve. Lo de menos válido para qué comentarlo.

    Pues llamale superpoderes.

    Se ajusta mucho mejor, desde luego.
  • ersott escribió : »
    ¿Como puede ser machista una persona no binaria?

    Pues siéndolo. No sé qué duda es esta.
  • expitu escribió : »
    Patroclo escribió : »
    La LIVG se aplica en defensa de la víctima si el motivo de la agresión es el género de la víctima. En este momento las agresiones de este tipo tienen como causa nuestra educación y cultura machistas.

    Eso es mentira. La LIVG se aplica si quien agrede es varon y la victima es mujer. Independientemente del motivo.

    La ley no dice tal cosa en ninguna parte de su formulación.
  • Patroclo escribió : »
    expitu escribió : »
    Patroclo escribió : »
    La LIVG se aplica en defensa de la víctima si el motivo de la agresión es el género de la víctima. En este momento las agresiones de este tipo tienen como causa nuestra educación y cultura machistas.

    Eso es mentira. La LIVG se aplica si quien agrede es varon y la victima es mujer. Independientemente del motivo.

    La ley no dice tal cosa en ninguna parte de su formulación.
    Si. Lo dicem que el agresor debe ser hombre y la agreida debe ser mujer y ademas tener vinculo sentimental.

    Por eso no hay ninuna sola mujer condenada por violencia de género. Es imposible por definicion.


    Por eso no podrian ser condenades ni beneficiades ningune no binarie.
  • editado julio 2022 PM
    Artículo 1. Objeto de la Ley.

    1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
    ...

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760
  • Smoker escribió : »
    Artículo 1. Objeto de la Ley.

    1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
    ...

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760
    Artículo 37. Protección contra los malos tratos.
    El artículo 153 del Código Penal, queda redactado como sigue:
    «1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo
    psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o
    maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido
    esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de
    afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con
    el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos
    en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso,
    privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años,
    así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o
    incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda
    o acogimiento hasta cinco años.

  • Smoker escribió : »
    Artículo 1. Objeto de la Ley.

    1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
    ...

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760

    Si se produce "como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder". No es lo que decía @expitu. Es decir, hay casos de violencia de hombres a mujeres que no pueden ser contemplados como violencia de género.
  • editado julio 2022 PM

    Por suerte la derecha retomará el poder, para acabar con toda esa demencia.

  • Patroclo escribió : »
    Smoker escribió : »
    Artículo 1. Objeto de la Ley.

    1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
    ...

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760

    Si se produce "como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder". No es lo que decía @expitu. Es decir, hay casos de violencia de hombres a mujeres que no pueden ser contemplados como violencia de género.

    Y una sentencia del Supremo que reduce a violencia de género cualquier caso que ocurra dentro de una pareja, da igual el motivo
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