A ver si me podéis orientar. Hace un par de años, un antiguo compañero de trabajo fundó su propia consultoría. El sueldo era bajo, y no había extras de ningún tipo, pero a cambio ofrecía la posibilidad de currar desde casa. Bueno, más o menos. Porque nada más empezar, me mandaron a un proyecto. Pasaba media jornada currando en cliente y la otra media en casa. Pero en fin, no tenía que ir muy lejos y, como era una empresa joven y había que empujar el hombro, pues tampoco vamos a quejarnos.
Bien. De repente, al compi buenrollista le ha dado un ataque de liberalismo, y se ha vuelto empresario. Ya no le gusta el tema online, y quiere que curre en la oficina para así tenerlo todo controladito. Su " oficina" es un salón de su casa, donde Cristo perdió las alpargatas, y te tienes que sentar en sillas de madera y no hay las condiciones mínimas que te enseñan en cualquier cursillo de prevención laboral. He pasado de currar en casa, a comerme atasco de hora y media al ir y otro tanto al volver, y por supuesto, no estoy contento (diréis que no me puedo quejar, que todo currito debe desplazarse. Insisto: el sueldo es bajo. Si ya le quitas unos cien kilómetros al día en gasolina o el abono B2, prepararse el tapper, y estar doce horas fuera de casa cuando pactamos curro en casa, pues...)
Dudas: ¿se puede considerar esto una "modificación sustancial de las condiciones de trabajo"? Prefiero renunciar y buscar otra cosa, siempre y cuando me imdemnice y me pueda ir al paro. A pesar del hachazo de Rajoy, eso se sigue mencionando en el Estatuto de los Trabajadores. Mi contrato de trabajo es bastante genérico y no menciona especificamente que desarrolle mi labor online. Por otra parte, su "oficina" es eso: su casa, donde no hay las condiciones mínimas. Estamos 3 curritos en la misma situación.
Comentarios
Y si no entra en razón y no cede en revertir el asunto o pactar un despido, no te queda otra que demandar. Porque el cambio sustancial de las condiciones de trabajo, si no se reflejan dichas condiciones en el propio contrato, lo tienes bastante cuesta arriba...
Esta es mi opinión, Kol.
Si yo fuese tú.
1) Lo hablaba. Supongo que ya lo habrás hecho.
2) Si hay negativa, buscas tranquilamente un trabajo normal y un día, con otro contrato en mano, le anuncias: "en quince días te dejo".
Es la mayor jodienda que le puedes hacer.
Aparte de nómina pendiente tiene que darte finiquito. ¿Qué tipo de contrato tienes? Si cambian las condiciones del contrato hay que respetar lo que diga el anterior. Si es por obra y servicio pues pueden darte nómina y parte proporcional de vacaciones y ya, pero si es de duración determinada, tienen que darte indemnización (la que esté establecida), creo.
Y en todo caso asegurate que es un despido, o una no prorroga del contrato, si figura que te vas por tu popia iniciativa no cobrara el desempleo.
Un saludo
No sé si ir esta misma tarde a un abogado o qué.
Los del Fremap pueden decir misa, que si estás en un salón en una mesa que no es de trabajo, no son condiciones. Es así. Empiezan los cursos de prevención de riesgos afirmando que la silla debe ser regulable en altura e inclinación del respaldo si curras en una ofi, me dirás...
Vamos, no jodas. Yo estoy con Vlish, si le dices que o te hace las cosas bien o te vas y denuncias, él sabe que tiene las de perder.
El domicilio de la empresa (la razón social) da igual, el contrato dudo que especifique dónde es donde trabajas (no suele ponerlo), así que...
Por lo demás nos ha jodido que está dispuesto a rescindir el contrato pagándote sólo la parte proporcional del mes trabajado, como si le quedara otra xD.
Lo importante es que esa rescisión sea un despido, para que puedas acceder al paro
El acuerdo verbal, si puedes demostrar con algun correo que trabajas desde casa vale. No hace falta tenerlo por escrito.
primero vete a un abogado, esta misma tarde, o un sindicato si no tienes pasta.
arreglar los papeles en estos casos es que el te despida, te pague el sueldo que ya has trabajado y la parte proporcional de la paga extra (que ademas, por si no lo sabes, las pagas extra son de un año, de junio a junio y de diciembre a diciembre, así que, acabando hoy, no te debe un mes de extra, te debe medio sueldo) y la parte proporcional de las vacaciones, incluyendo las que no pudiste disfrutar del año anterior, ya que estamos en enero. Tu renuncias a la indemnización para cobrar el paro y todos felices. pero eso es lo mínimo. y claro, tiene que constar que te despide, no que coges la baja voluntaria, ya que entonces no tendrías paro.
cualquier otra cosa que te ofrezca por debajo de eso, te esta timando. háblale del abogado y de que le vas a denunciar por las condiciones laborales. sigue trabajando, no llegues tarde ni te ausentes, pero baja el ritmo todo lo que puedas, hasta el punto de no hacer nada. el horario a rajatabla, ni un minuto de mas, y como estas en su casa, haz el guarro,rayale el parquet, acabale el papel higienico... si de verdad no quieres seguir trabajando, que el tampoco quiera, para que le cueste menos despedirte.
y, por supuesto, no firmes nada sin que lo vea el abogado.
Pero vamos en realidad mi consejo sigue siendo el mismo. Salvo que sea mucho dinero, que si era un sueldo bajo no parece probable, te sale mucho más a cuenta negociar por las buenas, irte tranquilamente con tu despido, y pasar página.
Suerte
Por eso, después de tantos jijis y tantos jajás, que se ponga en plan gili de "desplazadate a 40 kilómetros de su casa pa venirte a la mia" todos los días, suena a "os quiero fuera de la empresa y no sé cómo hacerlo para que me salga gratis". Porque en ningún momento ha querido negociar ni ser flexible. Son lentejas.
Pretende además que lleves ese material a su casa?
Cómo en las obras. Por ley tiene que haber unas verjas, redes, arneses si la altura es superior a x metros... Luego uno se encuentra lo que puede o lo que el empresario quiere.
Entonces son asociaciones en vez de colegios, ¿no? Con los traductores también pasa.
Son el COEINF y el COETIC.
Yo acabo de mandarle un correito al jefe reiterándole que no aceptamos el cambio que no ha consensuado, sin avisos de ningún tipo. Pero que podemos llegar a un acuerdo (reducción de jornada, pactar unos días a la semana...) En caso contrario, demanda. De paso, como ha pedido copia de mi entorno para hacer "traspaso" (¿copia de qué si se supone que curro en oficina?), le he mandado copia de pantalla del progreso (va lento, mala suerte)... con el google maps y mi ubicación actual de fondo. Servir no sé si va a servir, pero igual escuece un poco. También le pregunto si quiere que vaya ahora a su casa, o conecte y siga el trabajo que estaba haciendo desde aquí...
De momento, voy a aguantar el tipo. No sé si se atendrá a razones o no, pero creo que merecerá la pena pagar los 300 pavos que me pide el bufete, si no llegamos a un acuerdo, con tal de verle la cara. A él, como empresa, no le va a salir tan barato, incluso si resolvieran a su favor.
Por supuesto, la copia nunca le va a llegar, No estoy obligado a nada.
Aparte de eso, tengo unos cuantos correos donde hablar de "queda presencialemente" para reuniones, formaciones o comidas, dejando claro que es algo extraordinario. Sigo buscando alguno donde se mencione especificamente el curro desde casa (alguno tiene que haber, aunque es para nosotros algo tan ímplicto y asumido que rara vez hay necesidad de mencionarlo...)