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Igualdad

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Comentarios

  • editado agosto 2018 PM
    Patxi escribió : »

    La ley que es la ley dice que podían haber seguido en la cárcel.

    De la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

    (504)-Duración máxima:

    -Durará el tiempo imprescindible para alcanzar los fines (a, b, c)

    a) Asegurar la presencia del imputado en el proceso cuando haya riesgo de fuga
    b) Evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas
    c) Evitar que pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima

    -Si los fines son (a-evitar el riesgo de fuga) o (c-evitar los daños contra bienes):

    -máximo 1 año (para delitos penados máximo 3 años) prorrogable hasta 6 meses
    -máximo 2 años (para delitos penados con más de 3 años) prorrogable hasta 2 años

    -Si el fin es (b-evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas):

    -máximo 6 meses, sin posibilidad de prórroga

    Es decir, máximo 2 años y eso sólo se prorroga en casos bastante más serios (terrorismo, asesinato ... que no es que abusar de una chavala no sea un delito sewrio, es que abusar de ella, quemarla viva y pasarla por encima con el coche, es bastante más serio ... y no huibo ninguna manifestacón cuando soltaron al Rafita (cosas del poder de la tele, que te dice cuando debes indignarte y cuando no) La prisión provisional, entended esto, es una medida excepcional y prorrogarla es una medida super excepcional.
  • editado agosto 2018 PM
    Pero, por qué te saltas este párrafo que es precisamente el que se ajusta a estos 5 condenados?

    Si fuere condenado el investigado o encausado, la prisión provisional podrá prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia, cuando ésta hubiere sido recurrida.
  • editado agosto 2018 PM
    No me salto nada, es que no tiene la más minima incidencia en este caso, puesto que si el juez considera que no hay riesgo de fuga, no prorroga y punto, estés condenado o no. Podrá prorrogarse, efectivamente (pero siempre por los motivos recogidos en a(, b) y c)). Pero vamos a ver, patxi ¿Me vas a enseñar tú a mí cuando y en que cantidad se prorrogan las prisiones provisionales, que llevo viéndolo veinte años en mi trabajo?. En la puta vida he visto prorrogar a cuatro años y medio una pena de prisión, esté ya condenado o no el reo, ni siquiera en casos de asesinato.

    La justicia debe ser igual para todos, no distinta según lo que opinen en el Salvamé.
  • editado agosto 2018 PM
    Bueno, pues cuéntaselo entonces a la jueza que votó a favor de mantener la prisión preventiva de estos tíos.
    Qué sabrá ella!

    Pero sí, me has pillado. Yo es que estoy en contra de su puesta en libertad provisional porque me lo ha dicho Ana Rosa que sabe de todo.
  • editado agosto 2018 PM
    Patxi escribió : »
    Bueno, pues cuéntaselo entonces a la jueza que votó a favor de mantener la prisión preventiva de estos tíos.
    Qué sabrá ella!

    Pero sí, me has pillado. Yo es que estoy en contra de su puesta en libertad provisional porque me lo ha dicho Ana Rosa que sabe de todo.

    Juez, la jueza voto en contra (solo por precisar).
  • editado agosto 2018 PM
    Ana Rosa y el resto de periodismo sensacionalista, por supuesto que están guiando tu opinión.

    Esa jueza consideraría que si había riesgo de fuga y los otros dos no, en un tribunal se condena por mayoría en la deliberación ... circulen. Por cierto, en la sentencia un juez creo que voto absolución ¿Ese voto particular (que a mí me parece un despropósito) no lo tienes en cuenta? Además, de momento ni han vuelto a violar a nadie, ni se han fugado, asi que parece que el tribunal no se ha equivocado y, los siete años que les quedan lo van a cumplir lo mismo ¿Pretendéis que nos saltemos la ley para que, al final, acaben cumpliendo el mismo tiempo de prisión?
  • Cierto.
    Fallo mío, pero vamos, el sentido es el mismo.
  • La manera correcta de interpretarlo (porque la verdad es que las leyes están escritas para que los legos no se enteren y abogados y procuradores puedan vivir de ello) es:

    ¿Se dan los motivos (riesgo de fuga, etc) para prorrogar? Si se dan esos motivos, y el tío ya está condenado y pendiente de un recurso, pues entonces en vez de a una cantidad fija de tiempo (dos años) se puede prorrogar hasta la mitad de la pena impuesta (dos años y medio más, sería en este caso, en vez de dos años)

    O al menos así lo entiendo yo.
  • Parece que riesgo de fuga sí que hay, no?
  • editado agosto 2018 PM
    No demasiado, creo yo (vamos, si lo dices por lo de renovarse el pasaporte, o es un plan de fuga bastante cutre o, simplemnte, el menda es tan tonto como parece) pero eso no es a nosotros a quien toca decidirlo (afortunadamente, pues no me gsuatría tener que decidir sobre la libertad de nadie).

    Lo que no se si la peña es consciente de que la mujer del Cesar, aparte de no ser un putón, tampoco debe parecerlo, es decir, la justicia debe ser independiente y no dejarse influir, por lo que, si la opinión de la calle es "a", cuanto más brasa se de con ello, más empujarán a los jueces a decir "b" para que nadie diga que se han dejado influir.

    Pero, te repito, date cuenta sobre lo que estamos discutiendo, no es sobre si esos tipos han abusado o violado a la chavala io sobre si merecen o no ser condenados, sino sobre si el resto de la condena la deben empezar a cumplir mañana o dentro de seis meses, vamos, que yo no lveo como algo de vital importancia ... seis meses, en "tiempo judicial" solo es un poco menos que en "tiempo geológico" :chis:
  • Si los médicos pagan por sus errores-¿lo pagan también los jueces si al que dejan libre a alguien en contra de la evaluación de sus compañeros?
  • cptn_pescanova escribió : »
    Patxi escribió : »

    La ley que es la ley dice que podían haber seguido en la cárcel.

    De la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

    (504)-Duración máxima:

    -Durará el tiempo imprescindible para alcanzar los fines (a, b, c)

    a) Asegurar la presencia del imputado en el proceso cuando haya riesgo de fuga
    b) Evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas
    c) Evitar que pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima

    -Si los fines son (a-evitar el riesgo de fuga) o (c-evitar los daños contra bienes):

    -máximo 1 año (para delitos penados máximo 3 años) prorrogable hasta 6 meses
    -máximo 2 años (para delitos penados con más de 3 años) prorrogable hasta 2 años

    -Si el fin es (b-evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas):

    -máximo 6 meses, sin posibilidad de prórroga

    Llevan 4 en provisional?
  • BlackBana escribió : »
    Si los médicos pagan por sus errores-¿lo pagan también los jueces si al que dejan libre a alguien en contra de la evaluación de sus compañeros?

    Los médicos no pagan por sus errores, si por error se entiende acertar o no en una decisión. Pueden ser sancionados por no seguir un protocolo o actuar negligentemente, pero no por tener un criterio distinto al de un compañero.
  • ..
    modoninja escribió : »
    BlackBana escribió : »
    Si los médicos pagan por sus errores-¿lo pagan también los jueces si al que dejan libre a alguien en contra de la evaluación de sus compañeros?

    Los médicos no pagan por sus errores, si por error se entiende acertar o no en una decisión. Pueden ser sancionados por no seguir un protocolo o actuar negligentemente, pero no por tener un criterio distinto al de un compañero.
    Efectivamente. El equivalente serian las sanciones a jueces que no siguen las normas. Cosa que sucede. Dudo que BlacBana en su mundo cuñadil haya podido llegar a un conocimiento tan complejo.
  • Actuar negligentemente es a lo que me refería, tomando una decisión errónea que en su momento pensaron correcta.

    Pitu, corre a esconderte que ya sabes que podrías ser denunciado falsamente por cualquier feminazi que te cruces por las redes xD
  • editado agosto 2018 PM
    expitu escribió : »
    ..
    modoninja escribió : »
    BlackBana escribió : »
    Si los médicos pagan por sus errores-¿lo pagan también los jueces si al que dejan libre a alguien en contra de la evaluación de sus compañeros?

    Los médicos no pagan por sus errores, si por error se entiende acertar o no en una decisión. Pueden ser sancionados por no seguir un protocolo o actuar negligentemente, pero no por tener un criterio distinto al de un compañero.
    Efectivamente. El equivalente serian las sanciones a jueces que no siguen las normas. Cosa que sucede. Dudo que BlacBana en su mundo cuñadil haya podido llegar a un conocimiento tan complejo.

    Prevaricación se llama eso, y los jueces pueden ser sancionados en esos casos.

  • BlackBana escribió : »
    Actuar negligentemente es a lo que me refería, tomando una decisión errónea que en su momento pensaron correcta.

    Pitu, corre a esconderte que ya sabes que podrías ser denunciado falsamente por cualquier feminazi que te cruces por las redes xD

    Tomar una decision errónea no es negligencia.
  • editado agosto 2018 PM
    cptn_pescanova escribió : »
    V

    Yo soy partidario de endurecer el código penal (especialmente para quienes roban dinero público, incñluyendo a quienes defraudan a Hacienda) pero, mientras no se haga, soy partidario de que el estado sea el primero en cumplir la Ley. El día que se legisle que el que se lleve el dinero de todos sea troceado y vendido por piezas para trasplantes, aplaudiré con las orejas, pero, mientras la ley no lo diga, no protestaré porque no se haga.

    Impunidad es estar viviendo en un palacete en Suiza estando ya condenado (y sin necesidad de pedir pasaporte nuevo, oigan). Eso es impunidad, o que te hagan una doctrina ex-profeso para que te libres, como al Botín. A ver si me entendéis, que no soy fan de los del rebaño ese, pero la Ley es la Ley, la tenga que cumplir Mahoma o su porquero (o debería).

    Efectivamente y esto por lo que veo no se entiende ni con el tema catalán, ahora es tiempo de la justicia, estamos viendo determinados movimientos muy sospechosos y hay que criticarlos.

    Luego criticas con vehemencia la aberración de la Doctrina Parot y eres pro-etarra, ahí está la realidad de Estrasburgo.

    No por ser un proceso mediático debes tener diferentes medidas que el resto.
  • Patroclo escribió : »
    Pues te preguntaba que si eres de verdad. Así de freak.

    pd: tarados aquellos que ven "irse de putes" como el que va a tomarse una cocacola.

    ¿Tienes algún trauma con las putas que lo tienes que sacar en todos los mensajes?
    Patxi escribió : »

    Pues sí, estaba intentando hacer una imitación, con frases textuales de cierto forero celebrando la puesta en libertad de sus buenos chicos, pero me ha quedado demasiado sobreactuado.

    ¿Quién defendió a La Manada? (Pregunto en serio, no vi a nadie hacerlo. Y el que lo haya hecho ya te digo yo que es subnormal)

  • why escribió : »
    ¿Quién defendió a La Manada? (Pregunto en serio, no vi a nadie hacerlo. Y el que lo haya hecho ya te digo yo que es subnormal)

    Si ha ocurrido eso, no creo que sea muy complicado saber quien lo ha dicho, ¿no te vendría nadie a la mente?
  • Bullitt escribió : »
    why escribió : »
    ¿Quién defendió a La Manada? (Pregunto en serio, no vi a nadie hacerlo. Y el que lo haya hecho ya te digo yo que es subnormal)

    Si ha ocurrido eso, no creo que sea muy complicado saber quien lo ha dicho, ¿no te vendría nadie a la mente?

    No conozco las filias y fobias de cada uno pero me hago una idea xD
  • editado agosto 2018 PM
    Santi Potros acaba de salir
    31 años para 40 asesinatos. A meses le sale el muerto, no llega ni al año.

    No me he equivocado de hilo, es solo una reflexión que pongo sobre la mesa y que cada cual saque sus propias conclusiones.
  • Khay, yo creo que lo hemos hablado muchas veces.
    ¿Cual es la función de la carcel?
    ¿Reinserción?
    ¿Venganza?
    ¿Protección de la sociedad?

    Yo es que lo tengo muy claro, si es reinsertar al delincuente, aunque cumpla la condena sino está reinsertado.....

    Si es venganza ..... nos ahorramos una pasta.

    Si es proteger a la sociedad, nos cuesta más , pero hay algunos que no deberían salir jamás.

    Y no puede ser que cometer 40 asesinatos salga tan barato.
  • Solo con el de hipercor y otro en Madrid donde murieron 12 guardias civiles le habían metido 2.200 y pico de años, será que me estoy volviendo facha con la edad, pero para mi ese tipejo con 60 años no puede estar en la calle...
  • Yo solo apelo a la proporcionalidad.
    Hay algo que no cuadra. No entro si hay que tocar por arriba o por abajo siquiera pero lo que tiene que salir más caro es el asesinato por puro sentido común.
  • editado agosto 2018 PM
    lecorbu escribió : »
    Khay, yo creo que lo hemos hablado muchas veces.
    ¿Cual es la función de la carcel?
    ¿Reinserción?
    ¿Venganza?
    ¿Protección de la sociedad?

    Yo es que lo tengo muy claro, si es reinsertar al delincuente, aunque cumpla la condena sino está reinsertado.....

    Si es venganza ..... nos ahorramos una pasta.

    Si es proteger a la sociedad, nos cuesta más , pero hay algunos que no deberían salir jamás.

    Y no puede ser que cometer 40 asesinatos salga tan barato.

    ¿De verdad la gente cree que encerrando de por vida a alguien sea el delito que sea, dentro de cierta gravedad, vas así a solucionar el problema? No veo yo que en EEUU estén en un oasis de la tranquilidad.

    ¿De verdad la gente cree que endureciendo el tercer grado como quiere Rivera hasta solo salir tras el cumplimiento íntegro vas a solucionar los problemas? O más bien vas a terminar agravando un problema aumentando la reincidencia. Otro cantar es si eso realmente es constitucional.

    Los datos hay que mirarlos en conjunto, no con casos concretos, errores vas a tener si o si.

    El que se saliesen antes de tiempo terroristas, violadores en serie,... sin cumplir los 30 años que marcaba la ley española era SOLO culpa del ejecutivo, legislativo y posiblemente del poder judicial, en pocas palabras el principal culpable fue el PSOE por los motivos que fuesen.

    No puedes tener un CP76 preconstitucional, que bebía en parte del CP franquista, por tanto de transición para adecuarlo a la Constitución del 78 durante casi 20 años. O.o

    No te puedes luego inventar aberraciones como la Doctrina Parot saltándote realmente la ley, la Constitución, la doctrina del Supremo, los tratados internacionales,... luego Estrasburgo de manera avasalladora te lo tumba.

    Que existían altas posibilidades de que esos violadores en serie iban a reincidir estaba claro, pero la justicia aplica justicia, si las pruebas por ejemplo se recogen de manera ilegal y con eso debe salir un peligroso delincuente es lo que hay.

    La ley se cumple y si no te gusta la cambias, pero claro por norma general afectará a los nuevos delincuentes.

    Se piden medidas para violadores que sino están amparadas por ley complicado que las puedas realizar y además habría que ver si las puedes aplicar de manera retroactiva.
  • editado agosto 2018 PM
    Khayman escribió : »
    Santi Potros acaba de salir
    31 años para 40 asesinatos. A meses le sale el muerto, no llega ni al año.

    No me he equivocado de hilo, es solo una reflexión que pongo sobre la mesa y que cada cual saque sus propias conclusiones.

    Es lo que tiene el código penal de inspiración italiana, las penas no son acumulativas como el anglosajón, de lo contrario tuviera que cumplir varias cadenas perpetuas. Se aplica exclusivamente la pena de mayor cuantía con sus agravantes (se socializan las culpas). Alguien luego de 30 años de prisión, o muere en ella, o sale insertado a la sociedad en teoría, o sale demasiado viejo para representar un peligro para la sociedad (De una època donde el promedio de vida eran 30 años, y llegar a los 60 era una fortuna).
  • Khayman escribió : »
    Yo solo apelo a la proporcionalidad.

    ¿Ojo por ojo?

    El número es lo de menos. Ese tipo debe ir a la cárcel porque:

    - No haya más víctimas.
    - Estudien su reinserción.

    Y 30 años sin libertad, no digo que no los merezca, pero no son pocos. Los suficientes como para volverse loco.
  • editado agosto 2018 PM
    Patroclo escribió : »
    ¿Ojo por ojo?
    El que defiende abiertamente las amputaciones y da loas a Hammurabi eres tú, no te confundas (más)
  • Diony escribió : »
    Es lo que tiene el código penal de inspiración italiana, las penas no son acumulativas como el anglosajón
    La principal diferencia entre ambos sistemas es que en derecho continental/romano es positivo y va de arriba a abajo y el inglés/commonlaw es de naturaleza policéntrica y, por tanto, es creado DIRECTAMENTE por los ciudadanos y no por los próceres.
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